Opinión | VIOLENCIA SEXUAL

Es un deber del Estado activar la palanca de cambio

Hoy, debido a ese cambio social, plasmado en el Código Penal, hablamos de agresión sexual para abarcar a todas las conductas que supongan un contacto sexual, incluido un beso, sin consentimiento

Cartel de apoyo a Jennifer Hermoso.

Cartel de apoyo a Jennifer Hermoso. / EUROPA PRESS

En los años noventa conducir borracho no era delito y además socialmente, en determinadas situaciones, estaba normalizado. Tampoco era delito el maltrato a las mujeres. En aquella década, en España, los maridos aún pegaban 'lo normal'. El 4 de diciembre de 1997, Ana Orantes nos habló en televisión de toda una vida de maltrato en una entrevista que le costó la vida porque solo trece días después, su exmarido y maltratador, la asesinó. Un hecho que puso cara y nombre a la violencia machista en una sociedad que justificaba en la cercanía el maltrato a las mujeres y que enmarcaba la posición de los hombres y de las mujeres en la familia en el Código Civil, que estipulaba que “el marido debe proteger a la mujer y esta obedecer al marido”.

Tuvimos que esperar a 2004 a la ley de Protección Integral contra la Violencia de Género con la que el Estado asumía, por fin, su obligación de reconocer y proteger los derechos de las mujeres.

La sociedad evoluciona y las leyes también. Y lo hacen en una rueda infinita que -cuando afecta a derechos de las mujeres- gira impulsada por el poder político que nace de nuestra ira. De las mujeres valientes que han creído en el derecho como instrumento de emancipación de sus vidas.

Mucho antes, logramos el derecho al voto. Ser dueñas de nuestros negocios y nuestros bienes. Contratar la fuerza de nuestro trabajo. Nos libramos de la licencia marital y nos pudimos divorciar. Después de las prohibiciones, pudimos estudiar. Incluso ser juezas, fiscalas y abogadas. Hoy todas podemos 'ser', pero muchas no pudieron por los condicionantes sociales y las leyes de la época.

También hoy sabemos que la dependencia económica que se busca se perpetúa tras la separación, hasta el punto de condicionar nuestras vidas y la de nuestras hijas e hijos en violencia económica. Creo que no falta mucho para que también sea una realidad legal en nuestro país, porque así además nos lo impone el Consejo de Europa.

Es la realidad social la que marca el norte en los cambios legales.

El Tribunal Supremo, en el contexto de grandes movilizaciones sociales, en 2018 dio cobertura jurídica al 'solo sí es sí' en el caso de la violación grupal de Pamplona, con un pronunciamiento que marcó un antes y un después en el tratamiento jurídico de las violencias sexuales, de las que las mujeres seguimos siendo casi exclusivamente las víctimas.

Y a partir de ahí se promovieron cambios importantes en la calificación de la violencia sexual como violencia contra las mujeres. Se modificó el Código Penal para adaptarlo a los requerimientos del Convenio de Estambul, asumiendo el consentimiento sexual activo como un elemento tipificador clave. También se eliminó la calificación de abuso sexual que, hasta ese momento, había servido como cajón de sastre para incluir desde los casos de sumisión química hasta un 'simple' beso no consentido.

Hoy, debido a ese cambio social, plasmado en el Código Penal, hablamos de agresión sexual para abarcar a todas las conductas que supongan un contacto sexual, incluido un beso, sin consentimiento. Y desde las instituciones, no es un favor sino un deber del Estado activar la palanca de cambio para hacer leyes más justas y para construir vidas más plenas, en línea con los derechos y los cambios sociales.