Opinión | EDITORIAL
La ley de 'startups' se queda corta
Pese al mejor marco normativo para las empresas emergentes, la burocracia sigue siendo una dificultad

startups
Un año después de la entrada en vigor de la ley de ‘startups’, es hora de acometer un primer balance. El propósito que dio origen a la ley era favorecer un contexto propicio para el emprendimiento en España. Para ello, contempla, entre otros elementos, la concesión de un estatus jurídico propio a las ‘startups’, diferentes ventajas fiscales, bonificación en las cuotas de la Seguridad Social, facilidades para inversores y profesionales extranjeros y la simplificación de los trámites administrativos para fundar y gestionar una nueva compañía.
La norma, que recibe el nombre oficial de Ley de fomento del ecosistema de empresas emergentes, fue el resultado en su día del trabajo conjunto y provechoso de los diferentes partidos políticos, de forma que la ley se aprobó en comisión sin ningún voto en contra. No sucedió así en el pleno del Congreso. Allí el PP la rechazó, mientras Vox, Esquerra y Junts, por motivos de diferente índole, optaron por la abstención.
En primer lugar, hay que felicitarse por la iniciativa, toda vez que la ley de ‘startups’, y en ello coinciden los distintos agentes, no solo es pionera, sino que apunta en la buena dirección, esto es, impulsar el nacimiento y el desarrollo de nuevas empresas en España, muchas de ellas de raíz tecnológica. Durante el primer año de la ley, han sido certificadas oficialmente más de 600 ‘startups’ y se han expedido casi 700 visados para emprendedores extranjeros, una cifra que debería incrementarse notablemente a lo largo del segundo año de vida de la norma.
Los empresarios que se han acogido a la ley, amén de congratularse por una iniciativa que pretende dar un empujón a las ‘startups’, detectan algunas carencias y aspectos a mejorar. Uno de los más destacados es el hecho de que una ‘startup’ solo sea considerada como tal durante los cinco primeros años (siete en determinados casos). Esta es una cuestión que ya fue objeto de intenso debate entre los grupos políticos durante la tramitación de la ley, y probablemente sea un elemento a reconsiderar. Otro de los asuntos que no convencen a los empresarios es la obligación de adquirir un 5% de las acciones de la compañía para acceder a determinados incentivos.
Sin embargo, quizás lo más preocupante, puesto que es algo que no tiene que ver exclusivamente con las ‘startups’, sino con el conjunto de las empresas españolas, sea el persistente exceso de burocracia. Pese a que la simplificación de los trámites administrativos era uno de los afanes de la norma, a ojos de los empresarios no es suficiente, y la burocracia continúa suponiendo un pesado lastre que dificulta que más startups puedan beneficiarse de la ley y, por consiguiente, aminora sus efectos benéficos. En España sigue siendo demasiado difícil poner una nueva empresa en marcha, sea esta una ‘startup’ o de cualquier otro tipo.
Otro aspecto a considerar es que la ley, pese a suponer un apreciable paso adelante, no tiene lo suficientemente en cuenta las competencias de las comunidades autónomas, lo que llevó finalmente a ERC y a Junts a abstenerse al votarse la ley en el Congreso. Y este es un aspecto que no debería menospreciarse, puesto que cada territorio tiene su propio microcosmos no solo empresarial, sino también científico e innovador. En todo caso, la puesta en marcha de la ley supuso un paso adelante que un año después debe consolidarse y demostrar su utilidad para el fin con el que fue diseñada.
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