Opinión | DERECHOS FUNDAMENTALES

Caso Djokovic: los riesgos del pánico moral

El avance que significa un Estado de derecho sobre formas de gobierno opuestas es reconocer que esos valores que se predican de los ciudadanos individualmente tienen primacía cuando se oponen a la mayoría social

El tenista serbio, Novak Djokovic.

El tenista serbio, Novak Djokovic. / EFE

A falta de conocer con exactitud los razonamientos de la decisión del tribunal federal australiano que impedirá al tenista serbio disputar el Open de Australia, lo cierto es que los motivos no parecen haber girado en torno a lo que cree una gran parte de los medios de comunicación y una porción de la ciudadanía. En efecto, ha sido frecuente leer titulares y tuits en los que hay una alegría generalizada por la deportación de Novak Djokovic, al que se le atribuye un deseo de que se le dispensara un trato privilegiado y que hubiera mentido para conseguir la excepción de entrada. Si fueran estos los razonamientos del tribunal, la resolución de no conceder el visado no tendría mayor recurrido jurídico: “Dura lex, sed lex”. La ley se aplica igualmente para todos, seas rico o pobre, famoso o desconocido para el gran público.

Pero no ha sido así, al margen de que dos comités, uno de la Asociación Australiana de Tenis y otro del Estado de Victoria, le concedieran la exención de entrada por considerar que no había razones sanitarias que lo impidieran, según ha confirmado el ministro de Asuntos Migratorios, Alex Hawke, tal retirada no se basa en que: a) Djokovic no estuviera vacunado; b) que su permanencia en el país pudiera provocar contagios; c) que exigiera un trato privilegiado; d) que mintiera en su solicitud de entrada. Entonces, ¿sobre qué base se le cancela el visado de entrada? Las razones invocadas por el ministro han sido básicamente: a) que en el momento de la llegada del tenista a Australia estaba viendo como aumentaba significativamente el número de casos de covid-19; b) que su presencia en Australia puede entrañar un riesgo para la salud y el buen orden de la comunidad australiana. De hecho, este segundo fundamento se concreta en que su presencia en Australia puede fomentar un sentimiento anti-vacunación que, de ocurrir, podría desencadenar efectos perjudiciales y, en definitiva, podría ser contraproducente para el proceso de vacunación en Australia. Obviamente, el ministro no concreta en qué se traduce ese riesgo, ni de qué manera podría poner en peligro la política de vacunación o, si incluso, la deportación podría producir el efecto contrario al buscado.

Más allá de esas consideraciones, imaginemos ahora que en lugar de tratarse de un tenista extranjero fuera uno australiano o, lo mismo vale para el caso, que fuera un personaje famoso pero que tuviera las mismas opiniones que Djokovic: ¿no se le deberían imponer las mismas medidas que al serbio, y por lo tanto, expulsarlo del país o, como mínimo, limitarle la libertad de expresión para no poner en peligro la vacunación? ¿Serían aplicables esas medidas a un 'Miguel Bosé' australiano? Y si fuera esto así, ¿no se estarían conculcando sus derechos fundamentales? 

El avance que significa un Estado de derecho liberal sobre formas de gobierno opuestas es reconocer que los intereses o valores que se predican de los ciudadanos individualmente tienen primacía cuando se oponen a la opinión de la mayoría social o sobre la mayoría parlamentaria

Defender la vigencia y aplicación de los derechos fundamentales -libertad de expresión, integridad física, intimidad, entre otros- es fácil cuando se trata de respaldar los intereses o las opiniones de la mayoría social. Pero esa no es la función que se reclama de ellos. El avance que significa un Estado de derecho liberal sobre formas de gobierno opuestas es reconocer que esos intereses o valores que se predican de los ciudadanos individualmente tienen primacía cuando se oponen a la opinión de la mayoría social o sobre la mayoría parlamentaria. Es por eso que gráficamente se califica a los derechos fundamentales como 'triunfos', esto es, que como si un juego de cartas se tratara, el jugador que tuviera en su poder esa carta ganara la partida sobre el resto de contendientes, aunque estos sean más o tengan más cartas. Varios de esos derechos -esos 'triunfos'- que recogen las constituciones de países democráticos amparan a las personas que han decidido no vacunarse. Hay que recordar que en España no es obligatorio vacunarse, que hay un margen de libertad sobre la propia salud y, por supuesto, para discrepar -incluso, equivocadamente- de las políticas sanitarias, por mucho que sean aceptadas mayoritariamente o sean adecuadas para conseguir un fin valioso. Utilizar a los antivacunas, sacrificarlos en aras de asentar una política sanitaria o para calmar el pánico de la mayoría social es lo contrario a lo que hace valioso el entramado jurídico de las sociedades plurales que se reclaman democráticas y liberales. En estas no caben 'chivos expiatorios', ni siquiera cuando son útiles. Si se recorre la pendiente de instrumentalizar a individuos para dar ejemplo al resto o para convalidar la política de un gobierno, ¿cómo nos distinguiremos de aquellos países que discriminan a los homosexuales por mostrar un comportamiento desviado o los que sancionan a los ciudadanos que no siguen las consignas de buena conducta moral que reclama un gobierno?