SANIDAD
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios retira dos bronceadores por riesgo grave para la salud
La Agencia ha ordenado estas medidas debido a que no es posible garantizar el uso seguro de estos productos y suponen una amenaza para la salud
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Dos bronceadores, en el punto de mira de la AEMPS / Agencias

Tras varias actuaciones de control de mercado que realizan con asiduidad las autoridades sanitarias en nuestro país, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha detectado un defecto en la seguridad del uso de algunos autobronceadores. La organización ha ordenado el cese de su comercialización, así como la retirada del mercado de las unidades adquiridas. No es todo, pues también ha iniciado la recuperación de todas aquellas unidades adquiridas previamente.
Las marcas afectadas son Arual Activador Solar y Kream Bloody Mary Intensificador del Bronceado, dos autobronceadores o intensificadores del bronceado, que la AEMPS ha eliminado del mercado nacional debido a que no es posible garantizar el uso seguro de ambos productos, ya que pueden presentar un riesgo grave para la salud. En el caso del primero, comercializado por Productos de Cosmética Profesional S.L, se ha confirmado que la persona responsable no ha aportado ningún estudio de estabilidad que permita establecer una fecha de caducidad o periodo después de la apertura.

Arual Activador Solar y Kream Bloody Mary Intensificador del Bronceado / Arual / Bloody Mary
Se ha informado a las Comunidades Autónomas
De igual forma, tampoco se han garantizado las condiciones de transporte, almacenaje y conservación de Arual Activador Solar, así como el proveedor de materia prima ha afirmado que "resulta imprescindible la advertencia de que el Acelerador del Bronceado no tiene ningún poder filtrante de radiaciones ultravioletas, por lo que debe ir siempre acompañado de un filtro solar", algo que no aparece en el etiquetado. Por último, tampoco se ha probado su utilización con protector solar, un requisito previsto por el proveedor.
En el caso del segundo producto, comercializado por Kream JJB, S.L, la AEMPS ha indicado que existen discrepancias entre la composición real del producto y la lista de ingredientes que figura en su etiquetado. Seguidamente, ocurre el mismo problema que en el primer ejemplo con la fecha de caducidad, apertura, condiciones de transporte y la filtración de radiación ultravioleta. En este caso tampoco se ha tenido en cuenta su utilización con protector solar. Según el artículo 3 del Reglamento (CE) Nº 1223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, los productos cosméticos que se comercialicen serán seguros para la salud humana cuando se utilicen en las condiciones normales o razonablemente previsibles de uso.
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