OPERACIOPN BANCO

¿Qué es "extorno servicio abierto"? La explicación a por qué el banco me ha ingresado dinero

El extorno es el importe que una compañía aseguradora debe devolver al asegurado debido a causas externas que hayan supuesto una variación del riesgo

Una calculadora sobre una escritura hipotecaria.

Una calculadora sobre una escritura hipotecaria. / Europa Press

D.M

Cuando contratas un seguro pagas una prima a la compañía aseguradora, ya sea parcial o total, que podrá ser devuelta al asegurado en determinados casos (lo que se conoce como extorno) y dependiendo del tipo de seguro contratado, como dicta la Ley de Contrato de Seguro.

El extorno es el importe que una compañía aseguradora debe devolver al asegurado debido a causas externas que hayan supuesto una variación del riesgo. Por ejemplo, tener una casa en propiedad y decides venderla; o cuando tienes contratado un seguro y quieres recuperar el importe no consumido de la misma, si acabas de pagar la prima de seguros. En la actualidad, pocas compañías realizan el extorno del seguro o devolución de la prima y normalmente lo guardan como un depósito para la contratación de otro seguro. Eso sí, para realizar este tipo de pagos hay casos concretos en los que podrás optar a dicha devolución. La ley establece una serie de situaciones en las que el asegurado puede recuperar la totalidad o parte del dinero que ha pagado a la aseguradora. Estos son los casos.

¿En qué casos se realiza la devolución de la prima del seguro no consumida?

  • Si tienes un coche y lo vendes, dejando de ser el titular del seguro.
  • Cuando das de baja tu vehículo en la DGT.
  • Si no se te renueva el carné de conducir al alcanzar una determinada edad.
  • En los seguros de accidentes, si fallece por enfermedad el asegurado.
  • Si tu empresa te da de baja y esta se responsabiliza de pagar la póliza de tu seguro de vida o plan de pensiones.
  • Si cancelas tu seguro de vida antes de que cumpla el primer mes de contrato.

En cualquier caso, todas estas causas se pueden resumir en dos aspectos principales por los que una aseguradora tiene que realizar el extorno de la prima.

Según la Ley del Contrato de Seguro, se puede realizar el extorno del seguro en ciertos casos en los que haya una reducción o extinción del riesgo. Por ejemplo, si vendes una propiedad y cancelas tu préstamo.

  • En el caso de seguros vinculados a préstamos, el tomador del seguro puede solicitar la devolución de la prima o extorno antes de que le concedan dicho préstamo, ya que si aún no se le ha concedido no hay riesgo de impago.
  • Cuando se vende un objeto asegurado, ya sea un coche, una casa, una obra de arte, etc., tras la comunicación a la aseguradora de la operación, esta tiene 15 días para aceptar al nuevo dueño. En caso de negativa por parte de la compañía, tienes derecho a la devolución de la prima. Aunque comprueba antes de que en tu contrato no haya una cláusula que bloquee esta opción.
  • Si ha disminuido el riesgo de lo asegurado y la compañía no acepta rebajar el importe de la prima, el tomador del seguro puede pedir el extorno.

Hay algunos casos en los que el asegurado tiene derecho a la devolución total de la prima si solicita el reembolso de esta para protegerse de prácticas poco éticas. Pero dependiendo del caso podrá ser devuelta total o parcialmente

Devolución total o parcial de la prima del seguro

La respuesta la da la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, que prevé en la Ley de Contratos de Seguro unos términos generales y una serie de excepciones para poder optar a lo que se conoce como el extorno de la prima de un seguro, que consiste en la devolución de la totalidad o parte de la cantidad que el tomador paga en concepto de prima por un seguro. Según lo dispuesto por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, la prima de un seguro es indivisible y debe pagarla por completo el tomador:

  • Si se produce un siniestro total o una baja del objeto asegurado, ya sea por transmisión o por cualquier otra causa.

El tomador debe las primas fraccionadas pendientes de pago y en el caso de haberlas pagado al inicio del periodo ningún derecho le asiste a recuperar determinada parte de la misma.

Extorno de la prima de un seguro de forma inmediata tras la contratación

  • En los seguros de vida, el tomador dispone de un plazo de 30 días desde que la recepción de la póliza (o documento provisional) para cancelar el contrato sin penalización, es decir, con el derecho al extorno de la prima del seguro no consumida.
  • En el resto de seguros (no vida), cuando se contratan a través de canales a distancia, el tomador dispone de un plazo de 14 días optar por la cancelación del contrato y solicitar el extorno.

Como se puede ver, la prima debe pagarse siempre de forma íntegra. Aunque se pague a plazos para mayor comodidad del tomador.

¿Cuánto tarda en devolverse el extorno de un seguro?

Si cumples con algunas de las condiciones anteriores, y has pedido el extorno, debes tener en cuenta estos plazos:

  • Si deseas el extorno de un seguro de vida, tienes 30 días desde que recibes tu póliza para darla de baja y que te devuelvan la parte de la prima que no hayas consumido.
  • Si tienes contratado otro tipo de seguro, tienes 14 días para pedir la devolución de la prima.

Recuerda que en sí disminuye el riesgo y la compañía no quiere rebajar la prima, está obligada a devolverla. Al igual que ocurre cuando vendes un bien asegurado y no aceptan al nuevo propietario. El tiempo en que se haga efectiva y la devolución de la prima llegue al asegurado dependerá de tu aseguradora. Consulta con ella las condiciones.