LEY DE BIENESTAR ANIMAL

Ley de Bienestar Animal: Cambios en medios de transporte y espacios públicos si tienes animales

Los transportes públicos y privados facilitarán la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas

Perro

Perro / Pexels

D.M

Las mascotas llenan de vida los hogares de muchas personas. Los animales de compañía se convierten en un miembro más de las familias y garantizar su bienestar y cuidarles como se merecen, debe ser uno de los principales objetivos de todos aquellos que deciden incluir un animal en sus vidas.

Por desgracia esto no siempre ocurre y por ese motivo, desde el Gobierno han modificado la ley con el objetivo de garantizar su bienestar. Para ello han puesto en marcha la Ley de Bienestar Animal, cuyo proyecto fue aprobado el pasado mes de agosto y se espera que entre en vigor antes de que finalice el año, y que ahonda en la prohibición de tenencia y cría de determinadas especies animales por parte de particulares.

Esta nueva ley se ha planteado con el objetivo de proteger mejor a los animales domésticos, que son fundamentalmente perros, gatos, hurones y determinadas especies de peces y pájaros. A su vez, las altas cifras de abandono y los casos frecuentes de animales maltratados o hallados en muy malas condiciones hacía necesaria esta ley.

Cambios en los espacios públicos

Transportes públicos y privados

Los transportes públicos y privados facilitarán la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas. Los conductores y conductoras del servicio público del taxi o de vehículos de turismo con conductor podrán aceptar animales de compañía en sus vehículos de manera discrecional.

Los operadores ferroviarios de corta, media y larga distancia adoptarán las medidas necesarias para facilitar el transporte de animales de compañía en ferrocarril, siempre y cuando se realice con las medidas higiénico-sanitarias y de seguridad.

Establecimientos públicos y privados

Los establecimientos públicos y privados, tales como los alojamientos hoteleros, restaurantes o bares, podrán facilitar la entrada de animales de compañía que no constituyan un riesgo para las personas u otros animales, a zonas no destinadas a la elaboración, almacenamiento o manipulación de alimentos.

Albergues o refugios

En centros asistenciales en general que estén destinados a atender a personas en riesgo de exclusión social, personas sin hogar o en general cualquier persona en situación similar, facilitarán el acceso de estas personas junto con sus animales de compañía a dichos establecimientos, salvo causa justificada.

Qué pasa si no te permiten entrar a tu animal

En caso de no admitir la entrada y estancia del animal, deberán mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior del propio establecimiento. Salvo prohibición expresa, debidamente señalizada y visible desde el exterior, se permitirá el acceso de animales de compañía a edificios y dependencias públicas.