LEY DE BIENESTAR ANIMAL

Estas son las nuevas normas que deben seguir los Centros públicos de protección animal

Deben cumplir con los requisitos mínimos veterinarios para la entrega de los animales

Lista prohibida de animales: estas son las mascotas que ya no puedes tener en casa

Una agente en la Protectora de Animales de Alicante.

Una agente en la Protectora de Animales de Alicante.

D.M

La nueva Ley de Bienestar Animal se ha planteado con el objetivo de proteger mejor a los animales domésticos, que son fundamentalmente perros, gatos, hurones y determinadas especies de peces y pájaros. A su vez, las altas cifras de abandono y los casos frecuentes de animales maltratados o hallados en muy malas condiciones hacía necesaria esta ley. Las mascotas llenan de vida los hogares de muchas personas. Los animales de compañía se convierten en un miembro más de las familias y garantizar su bienestar y cuidarles como se merecen, debe ser uno de los principales objetivos de todos aquellos que deciden incluir un animal en sus vidas.

Por desgracia esto no siempre ocurre y por ese motivo, desde el Gobierno han modificado la ley con el objetivo de garantizar su bienestar. Para ello han puesto en marcha la Ley de Bienestar Animal, cuyo proyecto fue aprobado el pasado mes de agosto y se espera que entre en vigor antes de que finalice el año, y que ahonda en la prohibición de tenencia y cría de determinadas especies animales por parte de particulares.

Obligación de los centros públicos

  1. Tratándose de perros, gatos y hurones, esterilizan al animal con carácter previo a su entrega en adopción o suscribir un compromiso de esterilización o no reproducción si no tuvieran la edad o las condiciones suficientes para realizar la cirugía. No excluye la posibilidad de esterilización de otras especies, siempre que sea viable según criterio veterinario.
  2. Deben cumplir con los requisitos mínimos veterinarios para la entrega de los animales (tratamientos).
  3. Entregar los animales con un contrato de adopción y completamente identificados.
  4. Velar por las condiciones de bienestar e higiénico-sanitarias de los animales alojados.
  5. Deben poseer la autorización correspondiente para construir núcleo zoológico legalmente establecido.
  6. Contar con programas de voluntariado y colaboración con entidades de protección animal.
  7. Participar en los programas de sensibilización contra el maltrato animal.
  8. Fomentar la adopción responsable de los animales.
  9. Disponer de espacios adecuados para el alojamiento de gatos comunitarios que no hayan podido ser retornados a su ubicación original.

Los Centros públicos de protección animal o, los que tengan convenios o acuerdos con las Administraciones Públicas, estarán obligados a alojar y mantener, dentro de los límites de las capacidades para ello de cada centro, los animales para los cuales se instruya cuarentenas sanitarias obligatorias por parte de la autoridad competente en sanidad animal o de salud pública.