TRUCOS DE PUBLICIDAD

¿Tengo alucinaciones o el volumen de la tele se sube solo cuando empiezan los anuncios?

Según la Ley General de Comunicación Audiovisual, el nivel sonoro de las comunicaciones comerciales no puede ser superior al nivel medio del programa que le precede. Pero, ¿se cumple la norma?

Archivo - Imagen de una televisión.

Archivo - Imagen de una televisión.

J.M.C.

Estás viendo tu programa favorito en televisión, cortan abruptamente para la pausa publicitaria y de pronto... se oye muy fuerte y tienes que echar mano al mando a distancia. "¿Quién ha subido el volumen?" No, no estás loco, es algo que nos ha pasado a muchas personas alguna vez en la vida. A veces, el sonido aumenta entre las emisiones y los anuncios sin que nosotros podamos hacer nada por evitarlo.

¿Por qué pasa esto? La solución es sencilla: para llamar tu atención. Las empresas de marketing utilizan una serie de trucos con los que maximizar los impactos publicitarios. Y, entre ellos, está el aumentar el volumen entre los contenidos de las cadenas y los cortes. De esta forma, aunque te hayas levantado del sofá y alejado del televisor, el sonido es más fácil que te llegue aunque no prestes atención. No lo ves, pero la información te entra de forma inconsciente.

Esta artimaña es una de las muchas que utilizan las empresas anunciantes para captar más compradores. Sin embargo, el tema publicitario es un ámbito regulado y vigilado. La nueva Ley General de Comunicación Audiovisual, publicada tras muchas negociaciones en el Congreso el pasado mes de julio, incluye un subapartado que trata de limitar esto. "El nivel sonoro de las comunicaciones comerciales audiovisuales no puede ser superior al nivel medio del programa que le precede", recoge el artículo 121.4.

Multas de hasta 750.000 euros

De la misma forma, la anterior norma de 2010 recogía en su artículo 14.2 la misma idea. Estas faltas eran calificadas como "infracción grave" y su sanción podría llegar hasta los 500.000 euros en el caso de la televisión, mientras que se quedaba en un máximo de 100.000 euros en los programas radiofónicos. Sin embargo, incumplir reiteradamente esta normativa no está incluido en ninguno de los supuestos que aparece en la nueva ley, tal y como recoge actualmente el BOE. Si quedase categorizada como "infracción grave", las multas subirían hasta un máximo de 750.000 euros. Por tanto, queda a expensas de la Comisión Nacional del Mercado y la Competencia (CNMC) la potestad de amonestar o sancionar a los que la incumplan.

Son las cadenas de televisión las que deben regular el volumen de los audios que emiten durante las pausas publicitarias y no los propios anunciantes. El marco legal que claramente ampara al consumidor y sanciona a los incumplidores puede ser burlado fácilmente: ya no se sube la intensidad del sonido de forma tan destacada, pero la mayor calidad sonora comparada con los programas puede hacer que la televisión parezca estar más alta de lo que realmente está. Así que no, no tienes alucinaciones: los anunciantes juegan con el volumen de la tele sin tocar tu mando.