Hasta seis puntos del carné te puede quitar la DGT por hacer este gesto mientras conduces
No deberías hacerlo
R. P.
Hace meses llegó la nueva reforma de la Ley de Tráfico con nuevas restricciones y endurecimiento de algunas sanciones que ya existían.
En líneas generales se puede decir que las novedades fundamentales son que el uso del móvil en el coche se penaliza más y se incorpora la prohibición de superar los 20 km/h el límite para adelantar en carretera. Pero hay otros muchos cambios que te explicamos a continuación.
Entre las nuevas medidas destaca que "ahora puedes recuperar tus puntos tras dos años sin cometer infracciones que conlleven pérdida de puntos". "Ahora, con independencia de las infracciones que se hubieran cometido, el plazo para recuperar el saldo inicial de puntos es de 2 años si no se cometen infracciones que conlleven la pérdida de puntos.
Ya no es necesario llevar físicamente tu permiso de conducir. Gracias a la App miDGT, podrás acreditar que tienes autorización para conducir. Ahora, cuando te presentas a una prueba para la obtención o recuperación del permiso de conducir u otro trámite administrativo para conducir, no puedes utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente. También se considera infracción muy grave colaborar o asistir a otra persona para este fin. En caso de hacerlo, el aspirante no podrá presentarse a las pruebas para la obtención o recuperación del permiso en el plazo de seis meses2, cuentan desde la DGT.
Las nuevas multas
La nueva ley introduce nuevas multas y endurece otras sanciones. Eso sí, el baremo de las infracciones se mantiene igual: las leves se castigan con multa de hasta 100 euros; las graves, con multa de 200 euros, y las muy graves, con multa de 500 euros.
MUY GRAVES (multa de 500 euros)
- Usar dispositivos de intercomunicación no autorizados en exámenes para obtener o recuperar el carné de conducir.
- Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes
- Incumplir las normas sobre auxilio en las vías públicas y sobre el uso de alcoholímetros antiarranque.
GRAVES (200 euros)
- Parar o estacionar en carriles o vías ciclistas
- Llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros. En otras palabras, basta simplemente con tenerlos.
- Conducir teniendo el permiso suspendido como medida cautelar
- Que motoristas o ciclistas usen el teléfono móvil sujetándolo con una mano o ajustándolo entre la cabeza y el casco.
INFRACCIONES LEVES (hasta 100 euros de multa)
- Incumplir la obligación de estar "en todo momento" en condiciones de controlar el vehículo.
- Que los ciclistas incumplan normas de seguridad vial que no sean graves o muy graves.
- SucesosDani Alves acude a firmar a la Audiencia de Barcelona para cumplir con las medidas impuestas para su libertad
- SanidadLa protonterapia acelera: "En 2026, España será el país del mundo con mayor acceso público a esta tecnología
- PolíticaSumar teme el desgaste de la izquierda tras poner el PSOE la legislatura "en suspenso
- Investigación y tribunalesLa Audiencia Nacional limita el uso del teléfono personal en el teletrabajo
- MadridLa polémica en torno a Ayuso y el maratón de elecciones conceden una tregua interna a Lobato
- PolíticaLas voces duras del PP que se consolidan: de Miguel Tellado en el Congreso Alejandro Fernández en Cataluña
- La ‘low cost’ de Renfe aviva la guerra de precios y agita el choque entre Óscar Puente y la francesa Ouigo
- La falta de aviones tensiona los precios de los billetes para este verano