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AYUDAS A ADULTOS MAYORES

Ayudas para autónomos en Madrid mayores de 52 años que han agotado su subsidio por desempleo: hasta doce mensualidades

Esta iniciativa se suma a la Tarifa Cero para autónomos, buscando impulsar el empleo por cuenta propia en la región

Autónomos mayores de 52 años pueden recibir ayudas después del desempleo

Autónomos mayores de 52 años pueden recibir ayudas después del desempleo / Kampus Production / Pexels

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Valeria López Peña

Valeria López Peña

Madrid

Previa solicitud, en la Comunidad de Madrid los autónomos mayores de 52 años podrán recibir ayudas aun después de haber agotado el subsidio por desempleo. Esta nueva ayuda directa específica del Ejecutivo regional, se enmarca en otros esfuerzos por impulsar el empleo autónomo.

Y es que hace parte de la Tarifa Cero para autónomos, un programa de ayuda económica que subvenciona el 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social durante el primer año de actividad, ampliable a un segundo año si los ingresos netos no superan el Salario Mínimo Interprofesional.

Requisitos para esta ayuda senior

La cuantía se calcula multiplicando el valor mensual del subsidio por desempleo que se ha dejado de percibir por los primeros meses de alta en el Régimen de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) de la Seguridad Social, aunque el máximo es de doce, como explica la convocatoria.

Los adultos mayores cuyo trabajo es autónomo pueden recibir ayudas de la Comunidad de Madrid

Los adultos mayores cuyo trabajo es autónomo pueden recibir ayudas de la Comunidad de Madrid / Ionela Mat / Pexels

Los interesados deberán cumplir dos requisitos específicos: la edad (más de 52 años) y haber dejado de percibir el subsidio por desempleo por haberse dado de alta en el RETA, el servicio que registra, regula y cubre a los trabajadores por cuenta propia en España de tal forma que los autónomos puedan legalizar su actividad económica y tener derechos similares a los empleados asalariados.

Asimismo, el programa de Tarifa Cero exige que las personas solicitantes tengan domicilio de la actividad laboral dentro de la Comunidad de Madrid, estar al día en las obligaciones tributarias con la Administración del Estado, la Comunidad y la Seguridad Social, así como comunicar si han solicitado (u obtenido) otras subvenciones para financiar las actividades por las que necesita ahora esta ayuda.

¿Cómo aplicar?

Hay dos plazos a tener en cuenta para aplicar a esta ayuda. El primero, el general, son los tres meses siguientes a la finalización de cada período de doce meses en los que tuvo reducción o recibió bonificaciones.

El segundo aplica a autónomos de la prestación para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave beneficiados durante menos de doce meses. Son los tres meses siguientes a la finalización de la aplicación de la bonificación.

Los adultos mayores pueden solicitar esta ayuda aún después de agotar el subsidio por desempleo

Los adultos mayores pueden solicitar esta ayuda aún después de agotar el subsidio por desempleo / Carlos J. de Pedro / Pexels

La tramitación sólo se puede hacer por medios electrónicos, por lo que necesitará tener uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad. Una vez completada, puede hacerle seguimiento o revisar la documentación que ha aportado en la sección de Mis Gestiones de su Cuenta Digital.

Como máximo, deberá tener una resolución en seis meses, pero si no recibe respuesta su caso se considerará desestimado. Así que si no está de acuerdo con la decisión, puede pedir que se revise dentro del plazo de un mes o impugnarla dentro de los dos meses siguientes. Si no recibió respuesta, puede reclamar en cualquier momento o rebatir en seis meses.