COMUNIDAD DE VECINOS
Multas de hasta 3.000 euros en Madrid por el extractor de la cocina: el error que puede acabar en denuncia vecinal
El Ayuntamiento de Madrid dispone de un trámite específico para las denuncias por emisión de gases, humos y olores

El olor a comida o el humo que entra por la ventana de un vecino pueden acabar en una denuncia si afectan a la convivencia o incumplen la normativa municipal

En Madrid, miles de viviendas comparten patios interiores, terrazas estrechas y fachadas muy próximas, lo que hace que elementos como un extractor de cocina mal instalado se convierta en un auténtico dolor de cabeza.
Y es que el olor a comida o el humo que entra por la ventana de un vecino pueden acabar en una denuncia si afectan a la convivencia o incumplen la normativa municipal.
Este problema se agrava especialmente en verano. Con las ventanas abiertas durante más horas, cualquier salida de humos irregular se nota mucho más.
Madrid permite denunciar emisiones de gases, humos y olores
El Ayuntamiento de Madrid dispone de un trámite específico para las denuncias por emisión de gases, humos y olores. La gestión depende de la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental, dentro del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad.
Este procedimiento permite presentar la reclamación de forma telemática, mediante registro electrónico, o de manera presencial en oficinas de asistencia en materia de registro con cita previa. El propio Ayuntamiento también remite al teléfono 010 como vía de información municipal.
La base normativa municipal incluye la Ordenanza 4/2021, de 30 de marzo, de Calidad del Aire y Sostenibilidad, una de las referencias clave en materia de emisiones en la ciudad de Madrid.
Multas de hasta 3.000 euros
Las sanciones no se aplican automáticamente por cualquier olor puntual, pero sí pueden llegar cuando existe una instalación irregular, una emisión persistente o un incumplimiento de la normativa.
La Ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad de Madrid clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves; las muy graves pueden alcanzar multas de hasta 3.000 euros, mientras que las graves llegan hasta 1.500 euros y las leves hasta 750 euros.
¿Qué puede hacer una comunidad de vecinos?
Además de acudir al Ayuntamiento, las comunidades de propietarios tienen una vía propia. La Ley de Propiedad Horizontal establece que los propietarios u ocupantes no pueden desarrollar en la vivienda o en el edificio actividades prohibidas por los estatutos, dañosas para la finca o contrarias a las normas sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
El primer paso suele ser que el presidente de la comunidad requiera al vecino para que cese la actividad molesta. Si el problema continúa, la junta de propietarios puede autorizar una acción judicial de cesación.
Si la sentencia da la razón a la comunidad, el juez puede ordenar el cese definitivo de la actividad, imponer indemnización por daños y perjuicios e incluso acordar la privación del uso de la vivienda o local por un periodo máximo de tres años, según la gravedad del caso.
La clave para evitar sanciones
Cambiar una cocina, instalar una campana extractora o colocar una barbacoa en una terraza no debería hacerse sin revisar antes la normativa, los estatutos de la comunidad y las condiciones reales del edificio. La mejor prevención es sencilla: comprobar la instalación, consultar con un técnico y asegurarse de que el humo sale por donde debe.
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