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AYUDAS PÚBLICAS

Confirmado por la Comunidad de Madrid: los ayuntamientos ya pueden solicitar las ayudas para financiar el servicio de comedor durante el verano

El ejecutivo ha confirmado la apertura del plazo de presentación de solicitudes que permancerá abierto hasta el próximo 9 de septiembre

Estos subsidios están disponibles tres veces al año coincidiendo con los periodos no lectivos de Navidad, Semana Santa y Verano

Estos subsidios están disponibles tres veces al año coincidiendo con los periodos no lectivos de Navidad, Semana Santa y Verano / Comunidad de Madrid

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Irene Pérez Toribio

Irene Pérez Toribio

Madrid

La Comunidad de Madrid ha confirmado la apertura del plazo de presentación de solicitudes para las ayudas dirigidas a compensar el gasto realizado en la prestación del servicio de comedor. Estas subvenciones, que pueden ser solicitadas por los ayuntamientos de la región, corresponden al desembolso incurrido en periodo no lectivo para asegurar la atención del alumnado en situación socioeconómica desfavorecida.

Así, aunque este subsidio que ya estuvo disponible en periodos como Navidad y Semana Santa, ha sido este mes de julio cuando desde la Comunidad de Madrid se abría el plazo de presentación para las solicitudes del periodo de verano y que permanecerá abierto hasta el próximo 9 de septiembre.

¿Quiénes pueden solicitar estas ayudas?

Los centros públicos abiertos de Educación Infantil, Primaria y Secundaria que hayan llevado a cabo este servicio de comedor durante el periodo no lectivo de verano del curso escolar 2025-2026 podrán solicitar estas ayudas a través de sus ayuntamientos. Para ello, los diferentes consistorios de la región deberán rellenar el formulario disponible a través de Administración Digital de la Comunidad de Madrid incluyendo los siguientes documentos:

  • Un Informe de Servicios Sociales Municipales (en caso de alumnos participantes por Servicios Sociales)
  • El NIF del Ayuntamiento
  • El certificado de estar al corriente de pago con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)
  • El certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
La solicitud requiere que el centro sea público, haya ofrecido este servicio en periodo no lectivo y cuente con almunado en situaciones concretas de vulnerabilidad

La solicitud requiere que el centro sea público, haya ofrecido este servicio en periodo no lectivo y cuente con almunado en situaciones concretas de vulnerabilidad / Pixabay

¿Existe algún requisito adicional?

Sí, los Ayuntamientos y centros que soliciten este subsidio deben poder recibir subvenciones de acuerdo a la normativa de subvenciones, y contar con un alumnado al que se le haya aplicado la reducción o excensión del precio del menú escolar por encontrarse en alguna de las siguientes circunstancias:

  • Ser miembro de una familia perceptora de la Renta Mínima de Inserción.
  • Ser miembro de una familia víctima del terrorismo.
  • Ser miembro de una familia víctima de violencia de género.
  • Ser miembro de una familia perceptora de Ingreso Mínimo Vital.
  • Encontrarse en situación de acogimiento familiar.
  • Acreditar la condición de refugiado.
  • Estar escolarizado al amparo de los convenios y acuerdos establecidos por la consejería competente en materia de Educación con la consejería competente en materia de Infancia y Adolescencia, con el ministerio competente en materia de Instituciones Penitencias y con la consejería competente en materia de violencia de género.
  • Adicionalmente, se pueden incluir otros alumnos que se encuentran en situación socioeconómica desfavorable, justificada por informe de los Servicios Sociales Municipales.