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BUROCRACIA

Confirmado por el Ayuntamiento de Madrid: ya es posible empadronarse o cambiar de domicilio sin levantarse del sofá

El Ayuntamiento de Madrid facilita la gestión del empadronamiento en línea, eliminando la necesidad de acudir presencialmente a las oficinas

El Ayuntamiento de Madrid anunciaba la posibilidad de realizar este trámite de manera digital a través de sus redes sociales

El Ayuntamiento de Madrid anunciaba la posibilidad de realizar este trámite de manera digital a través de sus redes sociales / @LineaMadrid

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Irene Pérez Toribio

Irene Pérez Toribio

Madrid

De acuerdo a las leyes españolas, toda persona que viva en nuestro país está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Durante un tiempo, este trámite burocrático solo podía realizarse de forma presencial teniendo que pedir una cita previa y acudir a una de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (OAC) o al ayuntamiento correspondiente. Además, la gestión requería de rellenar la hoja padronal y entregarla en papel junto a varios documentos originales y sus copias.

Afortunadamente, para los madrileños, este tedioso proceso ha llegado a su fin gracias a la posibilidad que el Ayuntamiento de Madrid confirmaba a través de sus redes sociales: ahora, el proceso de empadronamiento o cambio de municipio puede realizarse en línea sin necesidad de desplazarse.

¿Quiénes pueden realizar este trámite de manera online?

Todas aquellas personas que procedan de otros municipios o del extranjero y que deseen empadronarse en Madrid podrán beneficiarse de este proceso. También aquellos empadronados en Madrid que cambien su domicilio a otro dentro del municipio o quienes residan de manera habitual en Madrid y no estén inscritas en ningún municipio.

El trámite podrá realizarse online a través de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid

El trámite podrá realizarse online a través de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid / Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid

Los padres o representantes legales son otro de los colectivos que podrán solicitar de manera online el empadronamiento por nacimiento de sus hijos durante el primer año de vida del menor nacido en Madrid. Para ello, la fecha de alta será la del día de nacimiento, salvo que no se realice dentro del plazo, en cuyo caso la fecha será el día de la realización del trámite.

¿Cómo realizarlo y qué documentación se requiere?

El trámite podrá realizarse a través de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid y se requerirá del uso de una identificación electrónica como Cl@ve, IDentifica, o el DNI-e (DNI electrónico). Para completar la solicitud, se deberá rellenar un formulario y adjuntar los siguientes documentos en formato PDF:

  • Solicitud de empadronamiento u hoja padronal. Puedes acceder al documento aquí.
Ejemplo de Hoja Padronal

Ejemplo de Hoja Padronal / Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid

  • Declaración responsable para el empadronamiento firmada por la persona que realiza el trámite. Puedes acceder al documento aquí.
  • Documentos de identidad como el DNI o NIE, el libro de familia o el certificado de nacimiento en función de la edad u nacionalidad.
Ejemplo de Declaración Responsable de Empadronamiento

Ejemplo de Declaración Responsable de Empadronamiento / Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid

  • Documentos que acreditan el uso de la vivienda como el contrato de alquiler en vigor o la escritura de la propiedad. (Cuando se empadronan menores no emancipados en el domicilio donde ya están empadronados sus progenitores no deberá aportarse esta documentación).
  • Documentos que acreditan la autorización o representación para empadronarse.