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NORMATIVA

La DGT avisa a los madrileños con autocaravana o camper: así cambian los plazos de la ITV

La actualización de la DGT afecta a los plazos de inspección, la parada y el estacionamiento de estos vehículos

Recuerda que Circular con la ITV caducada supone una multa de 200 euros

Recuerda que Circular con la ITV caducada supone una multa de 200 euros / HAKON

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Victoria Saulyak

Victoria Saulyak

Madrid

Malas noticias para los madrileños que tengan autocaravanas o furgonetas camperizadas. La Dirección General de Tráfico ha actualizado la normativa que regula el uso de estas en España, con cambios que afectan a la inspección técnica de vehículos, la parada, el estacionamiento y la señalización de áreas específicas para este tipo de transporte.

Uno de los puntos más relevantes está relacionado con la ITV. A partir de esta actualización, los plazos para pasar la inspección se diferencian según el tipo de vehículo y su antigüedad. La instrucción distingue entre autocaravanas, incluidas dentro de la categoría M, y furgones vivienda o vehículos camperizados, que pertenecen a la categoría N, de acuerdo con el Real Decreto 920/2017, que regula la Inspección Técnica de Vehículos.

Los talleres mecánicos alertan de que cerca del 30% de los coches no llevan la ITV al día y de que el parque está envejecido

Cerca del 30% de los coches no llevan la ITV al día / REDES

Cambios en la ITV para autocaravanas y furgonetas camperizadas

La principal novedad está en la forma de aplicar los plazos de inspección. La instrucción diferencia entre las autocaravanas y los furgones vivienda, dos tipos de vehículos que pueden parecer similares en el uso diario, pero que tienen una clasificación distinta a efectos técnicos y administrativos.

Las autocaravanas se consideran vehículos de categoría M, destinados principalmente al transporte de personas, en cambio, los furgones vivienda o camperizados se encuadran en la categoría N, vinculada al transporte de mercancías. Esta diferencia resulta clave para determinar los periodos de ITV que corresponden a cada vehículo.

Por ello, los propietarios de autocaravanas y campers deberán comprobar cómo aparece clasificado su vehículo en la documentación. Esa categoría será la que marque los plazos de inspección y evitará posibles dudas o errores a la hora de pasar la ITV.

Parada y estacionamiento: ¿qué permite la nueva instrucción?

Con carácter general, las autocaravanas pueden parar y estacionar en las mismas condiciones que cualquier otro vehículo, siempre que respeten las normas generales de circulación y la señalización vigente.

Sin embargo, en vías urbanas, los ayuntamientos pueden establecer limitaciones específicas mediante ordenanzas municipales. La DGT recuerda que esta interpretación se apoya en la sentencia del Tribunal Supremo de 13 de marzo de 2018, que reconoce la capacidad de los municipios para limitar los tiempos de estacionamiento y prohibir la acampada fuera de las zonas autorizadas.

Esto significa que estacionar una autocaravana no equivale necesariamente a acampar, pero los conductores deben atender a las normas locales. Desplegar elementos exteriores, ocupar más espacio del permitido o realizar actividades propias de acampada puede estar prohibido salvo en áreas habilitadas.

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha publicado en su página web la Instrucción PROT 2026/04 sobre autocaravanas, que actualiza a la anterior de 2023

Con carácter general, las autocaravanas pueden parar y estacionar en las mismas condiciones que cualquier otro vehículo / REDES

La señal S-128

La nueva instrucción también incorpora referencias a las áreas de acogida de autocaravanas como modalidad de alojamiento turístico. En este apartado se recogen novedades normativas autonómicas, con menciones a comunidades como Navarra, Extremadura o la Comunidad de Madrid, entre otras.

Estas áreas deben estar preparadas para ofrecer servicio a las autocaravanas y contar con las instalaciones necesarias para su uso. Además, tienen que estar correctamente señalizadas para que los conductores puedan identificarlas con facilidad.

Entre las novedades destaca la señal S-128, denominada 'punto de vaciado de caravanas y autocaravanas'. Esta señal indica la ubicación de un espacio habilitado para el vaciado de aguas residuales de este tipo de vehículos.