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PENSIONISTAS

Confirmado: los pensionistas madrileños que decidan volver a trabajar podrán cobrar un extra de hasta el 25% de su prestación

El nuevo régimen jurídico de la jubilación flexible, aprobado en 2026, incrementa la retribución adicional para quienes retomen su actividad laboral

La "jubilación flexible" ya permitía la compatibilización del empleo con una parte de la pensión

La "jubilación flexible" ya permitía la compatibilización del empleo con una parte de la pensión / Pixabay

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Irene Pérez Toribio

Irene Pérez Toribio

Madrid

El Real Decreto 416/2026 del 27 de mayo de 2026 sustituía al Real Decreto 1132/2002 y actualizaba por completo el régimen jurídico de la conocida como "jubilación flexible" que desde hace años permite compatibilizar la pensión con un empleo parcial. Y es que en España, la jubilación no significa necesariamente dejar de trabajar por completo.

Gracias a esta modalidad que permite que una persona jubilada pueda volver a trabajar a tiempo parcial sin perder completamente su pensión, son muchos los madrileños de elevada edad que, mientras trabajan, siguen cobrando una parte de esta prestación.

Ahora, gracias a la reforma aprobada en 2026 que entrará en vigor el próximo 28 de agosto de 2026 (tres meses después de su publicación en el BOE), quienes regresen al trabajo tras al menos seis meses jubilados podrían incluso recibir un extra sobre esa parte de la pensión.

¿Los autónomos también quedan incluidos en la "jubilación flexible"?

Sí, la "jubilación flexible" permite que algunos jubilados vuelvan a trabajar como autónomos aunque solo podrán compatibilizar la actividad laboral con el cobro de hasta un 25% de su pensión. Sin embargo, la medida tiene requisitos específicos, entre ellos no haber estado dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos en los tres años inmediatamente anteriores a la jubilación.

Los autónomos también pueden acceder a la "jubilación flexible" aunque deben cumplir algunos requisitos específicos

Los autónomos también pueden acceder a la "jubilación flexible" aunque deben cumplir algunos requisitos específicos / Magnific

¿De cuánto es el extra obtenido?

Aquellos mayores que trabajen entre el 33% y el 55% de la jornada, recibirán un 15% adicional a la parte de la pensión que mantienen mientras trabajan. Por otro lado, aquellos que trabajen entre el 55% y el 80% de la jornada, podrán disfrutar de hasta un 25% adicional.

Es decir, si una persona cobra una pensión de 1.200 euros al mes y decide volver a trabajar una jornada del 60%, durante este tiempo conservaría un 40% de su pensión: 480 euros. Como trabaja entre el 55% y el 80% de la jornada, a esta cifra habría que sumarle un 25% extra, es decir 120 euros. De esta forma, el jubilado o jubilada cobraría 600 euros de pensión compatible con el respectivo sueldo proporcionado por su puesto de trabajo.

Los porcentajes oscilan entre el 33% y el 80% porque de acuerdo a la ley en España, los pensionistas que opten por la jubilación flexible no podrán exceder estos porcentajes con respecto a su jornada laboral.

Es importante destacar que esta medida, entendida como una vía de retorno voluntario al trabajo, no es una obligación, sino una alternativa para quienes quieran seguir activos profesionalmente, complementar sus ingresos o mantenerse dentro de su sector sin tener que renunciar a su pensión contributiva.