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SANIDAD

El Tribunal Supremo avala que la Comunidad de Madrid cobre la asistencia sanitaria a un extranjero sin residencia legal

La sentencia, aprobada por mayoría, considera que el paciente no acreditó los requisitos exigidos para que los gastos fueran asumidos con fondos públicos

Fachada del Tribunal Supremo.

Fachada del Tribunal Supremo. / ALBERTO ORTEGA / EUROPA PRESS

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Europa Press

Madrid

El Tribunal Supremo ha acordado este miércoles que la Comunidad de Madrid tenía derecho a exigir a un ciudadano mexicano, que en el momento de los hechos no era residente legal, los gastos de asistencia sanitaria que le fueron prestados en 2021.

Así lo ha decidido la Sala de lo Contencioso-Administrativo por mayoría de 19 a 12 magistrados, según ha informado el alto tribunal en una nota de prensa, y precisa que la sentencia se dará a conocer en los próximos días.

El tribunal señala que la ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, aprobada en 2003, estipula que los extranjeros que, encontrándose en España, no tengan su residencia legal, tienen "el derecho a recibir asistencia sanitaria en España en las mismas condiciones que quienes ostentan la nacionalidad", según la redacción de 2018.

No obstante, para que los gastos sanitarios corran a cargo de los fondos públicos --en este caso, de la Comunidad de Madrid--, la ley exige que tales ciudadanos "acrediten que cumplen determinados requisitos que la propia ley establece, que en el asunto examinado no constaban acreditados cuando esa atención médica le fue prestada", indica.

Con todo, la Sala precisa que se ha tenido en cuenta la ley de 2003 y no el real decreto aprobado por el Gobierno el pasado 11 de marzo, que regula el acceso a la sanidad pública para extranjeros sin residencia legal, el cual, debido a su "reciente aprobación", no es "aplicable al caso".