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VIVIENDA

Ya está en vigor: Madrid confirma la ayuda que financia hasta el 100% de la hipoteca para comprar una casa si tienes esta edad

El programa está dirigido a personas que quieran comprar su primera vivienda en propiedad en la Comunidad de Madrid

El precio máximo de compra es de 390.000 euros, sin incluir los gastos ni los tributos asociados a la operación

El precio máximo de compra es de 390.000 euros, sin incluir los gastos ni los tributos asociados a la operación / REDES

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Victoria Saulyak

Victoria Saulyak

Madrid

Comprar una casa en Madrid sigue siendo uno de los grandes obstáculos para esas personas que tienen ingresos suficientes para pagar una hipoteca, pero no cuentan con los ahorros necesarios para afrontar la entrada.

Por suerte, para paliar ese problema, la Comunidad de Madrid mantiene activo el programa Mi Primera Vivienda, una medida que permite acceder a financiación bancaria por encima del 80% del valor del inmueble y que puede llegar hasta el 100% en determinados casos.

Madrid permite comprar la primera vivienda con hipotecas de hasta el 100%

La ayuda no consiste en una subvención directa ni en una entrega de dinero. Su principal ventaja es que permite acceder a una financiación superior al 80% del valor de la vivienda y, en algunos casos, alcanzar hasta el 100% del menor valor entre la tasación y el precio de compraventa.

Con este programa, la Comunidad de Madrid busca eliminar una de las principales barreras de entrada al mercado residencial, que es el ahorro inicial. En una operación tradicional, el comprador debe aportar alrededor del 20% del precio de la vivienda, además de los gastos e impuestos asociados a la compra.

Archivo - Una mujer señala una escritura de compraventa de una hipoteca, a 30 de mayo de 2022, en Madrid (España). Los portales inmobiliarios han destacado el crecimiento del 18% en la firma de hipotecas sobre viviendas hasta su mayor cifra en 11 años (43

La ayuda no consiste en una subvención directa ni en una entrega de dinero / Eduardo Parra - Europa Press - Archivo

¿Quién puede solicitarla?

El programa está dirigido a personas que quieran comprar su primera vivienda en propiedad en la Comunidad de Madrid. Según las condiciones oficiales publicadas por el Gobierno regional, pueden acogerse a esta medida los siguientes perfiles:

  • Personas mayores de edad que no superen los 40 años.
  • Familias numerosas (sin límite de edad).
  • Familias monoparentales (sin límite de edad).
  • Personas que hayan tenido o adoptado un hijo en el año natural de la convocatoria (sin límite de edad).

Además, los solicitantes deben acreditar residencia legal, continuada e ininterrumpida en la Comunidad de Madrid durante los dos años anteriores a la solicitud de financiación.

Las viviendas no pueden superar los 390.000 euros

La vivienda que se quiera comprar también debe cumplir una serie de requisitos. El inmueble tiene que estar situado dentro de la Comunidad de Madrid y debe destinarse a residencia habitual y permanente del comprador durante, al menos, los dos primeros años desde la adquisición. El precio máximo de compra es de 390.000 euros, sin incluir los gastos ni los tributos asociados a la operación.

Edificio metropoli y la Gran Vía desde el Círculo de Bellas Artes.

El inmueble tiene que estar situado dentro de la Comunidad de Madrid y debe destinarse a residencia habitual y permanente del comprador durante, al menos, los dos primeros años desde la adquisición / FELIPE NOMBELA

¿Qué documentos se deben presentar?

La solicitud se tramita directamente a través de las entidades financieras adheridas al programa y, para iniciar el proceso, los compradores deberán presentar la documentación exigida por la Comunidad de Madrid, que son:

  • DNI, NIE o documento acreditativo de identidad.
  • Certificado o volante de empadronamiento que acredite la residencia en la Comunidad de Madrid.
  • Certificado negativo catastral y nota simple del Registro de la Propiedad para demostrar que no se tiene otra vivienda en propiedad.
  • Contrato de arras o preacuerdo que acredite el compromiso de compraventa.
  • Declaración responsable de que la vivienda será residencia habitual y permanente durante al menos dos años.
  • Acreditación de familia numerosa, monoparental o de nacimiento o adopción de un hijo, cuando proceda.

El comprador debe vivir en la casa durante dos años

Quienes accedan a Mi Primera Vivienda asumen un compromiso con la Administración: la vivienda adquirida debe ser su domicilio habitual y permanente durante un mínimo de dos años. La Dirección General competente en materia de vivienda podrá comprobar este requisito solicitando el certificado o volante de empadronamiento.

En caso de incumplimiento o de falseamiento de datos, el beneficiario deberá responder por los daños, perjuicios y gastos ocasionados, con un importe que no podrá ser inferior al beneficio obtenido indebidamente.