PENSIONES
Buenas noticias para los jubilados madrileños: el servicio militar obligatorio podría sumar hasta un año de cotización para la jubilación
Quienes realizaron el servicio militar obligatorio o la prestación social sustitutoria pueden pedir que ese tiempo se tenga en cuenta en su expediente, siempre que cumplan las condiciones exigidas

El servicio militar obligatorio no se incorpora automáticamente a la vida laboral ni mejora cualquier pensión ordinaria / REDES

El servicio militar obligatorio, desaparecido en España hace más de dos décadas, sigue teniendo efectos en algunos expedientes de jubilación. Muchos hombres que la hicieron y quienes cumplieron la prestación social sustitutoria vuelven ahora a mirar su historial laboral con una pregunta muy concreta: ¿puede ese tiempo ayudarles a mejorar su jubilación?
La respuesta no es automática, pero sí puede ser importante para determinados trabajadores y pensionistas. La clave está en que ese periodo puede computarse como cotizado con un límite máximo de un año, especialmente cuando sirve para acreditar los años necesarios para acceder a la jubilación anticipada.
Hasta un año de cotización por haber hecho el servicio militar obligatorio
El punto que ha reactivado el interés de muchos afectados es sencillo: quienes realizaron el servicio militar obligatorio o la prestación social sustitutoria pueden pedir que ese tiempo se tenga en cuenta en su expediente, siempre que cumplan las condiciones exigidas.
Ese año puede ser decisivo para quienes se quedan a las puertas de los años mínimos de cotización requeridos. En la jubilación anticipada voluntaria se exigen, con carácter general, 35 años cotizados, mientras que en la anticipada involuntaria el requisito suele situarse en 33 años.
En esos casos, el servicio militar obligatorio o la prestación sustitutoria pueden servir para completar el periodo mínimo exigido, con el límite de doce meses. La diferencia puede parecer pequeña, pero para algunos trabajadores supone poder acceder antes a la jubilación o desbloquear un expediente que había quedado fuera por unos meses de cotización.

Muchos jubilados están recibiendo buenas noticias sobre su pensión, ya que aquellos que realizaron el servicio militar obligatorio podrán aumentar su jubilación / ARCHIVO
No se suma de forma automática a todas las pensiones
Eso sí, el servicio militar obligatorio no se incorpora automáticamente a la vida laboral ni mejora cualquier pensión ordinaria. Su uso está limitado a supuestos concretos y, en general, sirve para acreditar el periodo mínimo necesario en la jubilación anticipada, no para aumentar sin más la base reguladora o el porcentaje de pensión en una jubilación ordinaria.
Por eso, los expertos recomiendan revisar cada caso antes de iniciar una reclamación. No todos los jubilados que hicieron el servicio militar obligatorio tienen derecho a una mejora, pero sí puede haber situaciones en las que ese tiempo cambie el resultado final del expediente.
La misma lógica se aplica a quienes no hicieron el servicio militar, pero cumplieron la prestación social sustitutoria. Este periodo puede computar en condiciones similares al servicio militar obligatorio, también con un máximo de doce meses y especialmente a efectos de acreditar la carencia exigida en la jubilación anticipada.

Los expertos recomiendan revisar cada caso antes de iniciar una reclamación / EUROPA PRESS
¿Cómo puedo pedir que el servicio militar obligatorio cuente para la jubilación?
Para pedir que el servicio militar obligatorio cuente para la jubilación, la persona interesada debe acreditar el periodo realizado mediante documentación oficial. Habitualmente se solicita un certificado en la Delegación del Ministerio de Defensa correspondiente, aportando documentación como el DNI, la cartilla militar y los justificantes necesarios del periodo servido. Después, ese certificado debe presentarse ante la Seguridad Social para que se valore en el expediente.
En el caso de la prestación social sustitutoria, también es necesario aportar la documentación que acredite el tiempo cumplido. La recomendación es conservar todos los justificantes posibles y solicitar asesoramiento antes de presentar una reclamación, especialmente si ya existe una pensión reconocida.
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