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RESTRICCIONES AL TRÁFICO

Cibeles no devolverá las multas por las zonas de bajas emisiones por no ser retroactiva la anulación

El Ayuntamiento sostiene que la anulación de judicial no tiene efectos retroactivos, por lo que no reembolsará las sanciones impuestas, como reclama Vox

Automovilistas Europeos Asociados cifra el importe cobrado en más de 650 millones de euros

Cartel indicativo de una Zona de Bajas Emisiones con el Palacio de Cibeles de fondo.

Cartel indicativo de una Zona de Bajas Emisiones con el Palacio de Cibeles de fondo. / Archivo

Héctor González

Héctor González

Madrid

Este martes el Tribunal Supremo confirmó sin vuelta de hoja la anulación de la anterior ordenanza municipal de movilidad al inadmitir el recurso presentado por el Ayuntamiento de la capital. Sin posibilidad de nueva apelación, este fallo revalida la sentencia de 2024 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en la que tumbaba las zonas de bajas emisiones (ZBE) por considerar que el reglamento del Gobierno de José Luis Martínez-Almeida no había tenido en suficiente consideración el posible impacto económico para los ciudadanos de las restricciones al tráfico.

Aquel pronunciamiento judicial se produjo a instancias de Vox, que desde entonces viene reclamando al Consistorio que devuelva el dinero cobrado en multas por circular por estas zonas, la última vez ayer mismo por la tarde. En declaraciones a los medios tras conocerse la postura del Supremo, el todavía portavoz del grupo municipal, Javier Ortega Smith, anunció que va a llevar al Pleno de Cibeles de la próxima semana una moción de urgencia para exigir a Almeida "la devolución de todas las multas".

Vox no es la única voz que se ha alzado en este sentido. Automovilistas Europeos Asociados (AEA) también ha solicitado al Gobierno de Almeida que devuelva los importes cobrados, que cifra en más de 650 millones de euros recaudados a través de más de 3,3 millones de multas. En un comunicado, el presidente de la entidad, Mario Arnaldo, afirma que el recurso del Ayuntamiento era "una estrategia dilatoria para seguir recaudando unas multas de dudosa legalidad, que luego no quiere devolver".

Sin embargo, este retorno no tendrá lugar. El Ayuntamiento no reembolsará las sanciones de las ZBE anuladas, ya que, según la jurisprudencia, estas decisiones no tienen efectos retroactivos, "más allá de los recursos que se puedan presentar", tal y como ha apuntado este martes la vicealcaldesa, Inma Sanz, tras la presentación del último informe socioeconómico de la capital.

Por otro lado, según han comunicado posteriormente fuentes del Consistorio, los servicios jurídicos municipalese stán estudiando si se tramitan o no las multas que se interpusieron bajo la anterior ordenanza tras dictarse la sentencia del TSJM el 17 de diciembre de 2024 y que afectan exclusivamente a las ZBE de Plaza Elíptica y Centro.

La principal razón esgrimida por el Supremo para inadmitir el recurso municipal se sustenta en que el hecho de que una sentencia anule parte de una ordenanza no basta para que el caso llegue automáticamente a casación, sino que debe justificarse de forma concreta la necesidad de intervención del Alto Tribunal. Los magistrados consideran que el fallo del TSJM ya había hecho un análisis detallado y suficiente del informe de impacto económico y del resto de la documentación, y que el recurso del Ayuntamiento no planteaba una cuestión jurídica nueva, sino tan solo su desacuerdo con el fallo.

En este, el Tribunal Superior anuló varios artículos de la ordenanza sobre zonas de bajas emisiones por la insuficiente evaluación de su impacto económico y ambiental. En concreto, consideró que no se analizaron adecuadamente las consecuencias de las restricciones a la circulación, ni se ponderaron de forma suficiente los beneficios y costes de las medidas, ni la posible adopción de alternativas menos restrictivas con igual eficacia.