SUBSIDIOS
Confirmado por la Comunidad de Madrid: ya está abierto el plazo de solicitud para las nuevas ayudas en fomento de la lectura
Las subvenciones de la Comunidad de Madrid, con plazo abierto hasta el 23 de abril, se dividen en dos grupos: acciones para fomentar la lectura y proyectos que fortalezcan el sector del libro en la región

La solicitud financiará hasta el 80% de la actividad subvencionada / Freepik

La Comunidad de Madrid ha confirmado la apertura del plazo de solicitudes de las nuevas ayudas para promocionar la lectura y fortalecer la industria del libro que permanecerán abiertas hasta el próximo 23 de abril. Dirigidas a personas físicas profesionales autónomas, o a entidades culturales privadas con personalidad jurídica, las ayudas financiarán hasta un 80 por ciento del total de cada actividad subvencionada, teniendo que financiarse el porcentaje restante mediante fondos propios o a través de otras ayudas públicas o privadas.
¿Qué actividades estarán subvencionadas?
Con el objetivo de promover acciones que contribuyan al aumento de los índices de la lectura de la sociedad madrileña, a la difusión del libro, la lectura y la promoción del sector del libro, las ayudas contemplan dos tipos de proyectos:
- Grupo 1: Proyectos y actividades relacionados con el fomento de la lectura.
- Grupo 2: Proyectos y actividades que fortalezcan el funcionamiento del sector del libro en la Comunidad de Madrid.

Los proyectos subvencionados deben tener proyección en la Comunidad de Madrid / Freepik
Entre los requisitos establecidos: estas acciones deben realizarse dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid o en un ámbito digital, y aquellos que deseen solicitarlas no pueden haberse beneficiado de una subvención de otra ayuda directa del gobierno en 2026 para este mismo tipo de proyecto o actividad.
De esta forma, quedan excluidos los proyectos sin proyección en la Comunidad de Madrid, así como la edición, o promoción de libros, revistas o publicaciones culturales, bien de una editorial específica, o en general, si estos no se realizan dentro del marco de uno de los grupos de proyectos establecidos.
¿Quiénes pueden solicitarla?
Las personas destinatarias de esta ayuda son principalmente las personas físicas profesionales autónomas con residencia fiscal en España, y las entidades culturales privadas con personalidad jurídica, con ánimo de lucro o sin él, que estén legalmente constituidas e inscritas en el registro público. Este subsidio deja fuera a las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, a las administraciones y empresas públicas, y a los organismos autónomos.
¿Qué documentación se debe aportar junto a la solicitud?
Entre la documentación a aportar, cabe destacar la necesidad de adjuntar una memoria de las actividades a realizar, así como una memoria explicativa del proyecto. A estos documentos se suman los ya habituales justificantes de inscripción en el registo (si corresponde como empresa), el acta de constitución (en caso de fundaciones y asociaciones), o la declaración resposnsable de ayudas recibidas, entre otros.
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