TRIBUNALES
La Justicia rechaza la apelación de Ayuntamiento y Madrid para continuar las obras de los parkings del Bernabéu
El TSJM deniega el recurso presentado por ambos para anular la paralización de los trabajos mientras se resuelve el litigio

Obras en la parada de Metro del Santiago Bernabéu. / Metro Madrid

Primero le dijero que no al Ayuntamiento y ahora se lo han repetido a Consistorio y Real Madrid. Tras rechazar el primer recurso presentado por el Gobierno municipal contra la sentencia que anula la licencia para construir dos aparcamientos subterráneos en los alrededores del Santiago Bernabéu, ahora el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado también el recurso de apelación presentado por ambos.
El tribunal ha desestimado íntegramente el recurso presentado contra el auto que ordenó paralizar las obras de dos aparcamientos subterráneos proyectados en el entorno del estadio, en el paseo de la Castellana-Bernabéu y Padre Damián. La Sala de lo Contencioso-Administrativo confirma así la decisión que ejecutaba de forma provisional la sentencia previa que anuló la autorización municipal de las obras en 2024.
En la resolución, fechada a 5 de febrero y a la que ha tenido acceso este periódico, los magistrados sostienen que, una vez anulada judicialmente la licencia aprobada por la Junta de Gobierno municipal, no había base para que los trabajos siguieran adelante. El tribunal afirma de forma expresa que “la continuación de su ejecución carece de la pertinente justificación administrativa que las autorizaba y contraviene lo resuelto en la mencionada Sentencia”. A juicio de la Sala, ese argumento basta para justificar la paralización mientras se resuelve definitivamente el litigio.
El TSJM subraya además que, tanto el Ayuntamiento como la entidad beneficiada por la concesión, estaban actuando al margen de las consecuencias directas del fallo que anuló el acuerdo municipal. En palabras de los magistrados, “ambas entidades, al continuar en la realización de los trabajos afectados por la resolución administrativa revocada, están obviando la consecuencia natural que se desprende de la anulación pronunciada”.
Otro de los argumentos centrales del tribunal es el riesgo de que las obras generasen una situación difícil de revertir. La sentencia advierte de que “la no paralización de las obras de referencia podría derivar en una situación de difícil o imposible reversión” si las infraestructuras llegaran a completarse y, después, la resolución final obligara a “reponer el suelo a su estado original”. Ante este escenario, la Sala considera menos lesivo detener los trabajos, reduciendo así el riesgo económico y material de una eventual marcha atrás.
Los jueces también ponen el foco en el impacto de las obras sobre el entorno vecinal. En este sentido, señalan que la continuidad de los trabajos sin autorización provoca perjuicios no solo para la asociación demandante, sino también para quienes viven o transitan por la zona, debido al “aumento de la contaminación producida por el ruido y por el incremento del polvo en suspensión”, además de las dificultades para “la movilidad de peatones y el tráfico de vehículos”. Con ese razonamiento, la Sala concluye que el interés defendido por la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu prevalece en este caso, "entendiendo que es coincidente con el general de los ciudadanos de Madrid”.
La resolución añade, además, un elemento relevante: la propia sentencia de instancia que anuló la autorización municipal ya fue confirmada por esa misma Sala en octubre de 2025. Por eso, el TSJM destaca que “la sentencia de instancia apelada ha devenido firme, la ejecución provisional se consolida y se convierte en una ejecución definitiva”, de modo que “carece de sentido jurídico” revisar ahora el auto que acordó esa ejecución provisional.
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