Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

ANULADA POR EL TSJM

Cronología y preguntas del revés judicial a la tasa de basuras de Madrid: ¿cómo se gestó? ¿Me van a devolver el dinero?

El TSJM tumba la ordenanza aprobada por Almeida por no hacer pública toda la información clave sobre su cálculo, pero las devoluciones siguen en el aire mientras el Ayuntamiento estudia recurrir

El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, durante la presentación de unos contenedores soterrados.

El alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, durante la presentación de unos contenedores soterrados. / AYUNTAMIENTO DE MADRID

Madrid

Las Zonas de Bajas Emisiones, los aparcamientos del Santiago Bernabéu, las cocheras de Cuatro Caminos y, ahora, la tasa de basuras. El Ayuntamiento de Madrid ha recibido este lunes un nuevo varapalo judicial con la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que ha anulado la ordenanza que regulaba el cobro de esta tasa al concluir que durante su tramitación no se hizo pública toda la documentación clave para entender cómo se calculaba. El fallo, que deja en el aire las cantidades ya cobradas y las miles de reclamaciones presentadas, se puede recurrir ante el Tribunal Supremo, una opción que el Gobierno de José Luis Martínez-Almeida está estudiando.

El TSJM estima los recursos interpuestos por varias instituciones y organizaciones y sitúa el problema en que durante el trámite de información pública de la tasa se omitió una parte esencial del informe técnico-económico que la justificaba. En concreto, la documentación relativa a la generación de residuos por actividades económicas. El tribunal considera que esos anexos eran "imprescindibles" para que ciudadanos y empresas pudieran formular alegaciones con conocimiento de causa, lo que justifica la nulidad de pleno derecho de la ordenanza.

La sentencia rechaza expresamente la tesis del Ayuntamiento de que los anexos omitidos tenían un carácter "auxiliar" o "complementario" y sostiene que contenían partes clave del cálculo: estudios estadísticos, criterios de segmentación y técnicas empleadas para estimar la generación de residuos. Su ausencia impidió conocer la relación entre la actividad económica y la cuota exigida, y eso, a juicio de la Sala, comprometió la transparencia del sistema.

El Ayuntamiento de Madrid, por su parte, defiende que el TSJM no ha tumbado "el diseño" de la tasa o la "metodología de cálculo" y que se trata de cuestiones "estrictamente formales" en la manera de tramitarla. "No entra en ningún momento en cuestiones de fondo", insisten en Cibeles tras conocer el fallo.

Cronología de la tasa de basuras

La Ley 7/2022 obligó a las entidades locales a implantar una tasa "específica, diferenciada y no deficitaria" para financiar el coste real del tratamiento de residuos en el plazo de tres años desde su entrada en vigor. Madrid agotó prácticamente el calendario legal antes de activarla: aprobó el proyecto inicial en octubre de 2024 y dio luz verde definitiva el 23 de diciembre, con publicación en el BOCM el 27 de diciembre.

El Ayuntamiento cifró en 141 euros de media por vivienda y 310 por local comercial el impacto del nuevo tributo, con cerca de 1,7 millones de inmuebles afectados. En total, preveía 256 millones de euros netos adicionales de recaudación, una vez descontados los 40 millones que ingresaba la antigua Tasa de Residuos de Actividades, que quedaba sustituida. Al mismo tiempo, Cibeles presentó una nueva bajada del IBI como contrapeso político y fiscal a la entrada del nuevo recibo.

La fórmula elegida para definir cuánto pagaba cada contribuyente por la recogida de residuos nunca fue fácil de explicar. La cuota combinaba una tarifa básica, ligada al valor catastral, con otra tarifa por generación, calculada a partir de los residuos generados y de la calidad de la separación por barrios. La dificultad para entender con claridad cómo se elaboraba el recibo y por qué las cifras variaban entre barrios y contribuyentes fue uno de los principales motivos de crítica.

La tasa de basuras entró en vigor el 1 de enero de 2025 y los recibos comenzaron a llegar a partir de septiembre, convirtiéndose en uno de los grandes frentes políticos del mandato de Almeida. Más de 130.000 contribuyentes han presentado reclamaciones contra la tasa, según los datos del Ayuntamiento, en una oleada de recursos promovida por partidos, asociaciones y plataformas vecinales.

El Ayuntamiento movió ficha para 2026 y aprobó una nueva ordenanza de residuos, en la que introdujo como novedad el número de personas empadronadas en cada vivienda para calcular la tasa. Este nuevo esquema mantiene un recibo medio de 142,6 euros, prevé ingresos en torno a 300 millones de euros y fue aprobado en diciembre de 2025.

Un "tasazo" que era "injusto e ilegal"

La sentencia del TSJM ha reactivado con fuerza el frente político contra la tasa de basuras. La portavoz adjunta del PSOE de Madrid, Enma López, ha acusado al Ayuntamiento de "ocultar" a la ciudadanía cómo se calculaba un tributo que considera "caro e injusto". Desde Más Madrid, Rita Maestre ha celebrado el fallo al afirmar que el "tasazo de basuras de Almeida era injusto e ilegal" y que el alcalde quiso cobrar "150 euros de media para tener la mitad de Madrid hecho una porquería". Javier Ortega Smith, portavoz de Vox en pleno pulso con Abascal, ve probado que la tasa es "ilegal y contraria a los intereses de los madrileños" y ha avisado de que exigirá "que se devuelva hasta el último euro".

El movimiento vecinal también ha reivindicado la sentencia, un "varapalo judicial" en palabras de la Federación Regional de Asociaciones Vecinales de Madrid (FRAVM). Aseguran que el Ayuntamiento ha tenido tres años para tramitar correctamente la tasa y, sin embargo, la ha sacado adelante "deprisa y corriendo", por lo que esperan que el equipo de Almeida "haga su trabajo" y tramite la tasa "de manera correcta y justa".

Esa es ahora la gran incógnita. Los servicios jurídicos municipales están analizando la sentencia y sus efectos, así como la posibilidad de presentar recurso en casación ante el Supremo. Hasta que el fallo no sea firme no existe un escenario automático de devoluciones. La resolución deja fijado que Madrid puede cobrar una tasa de residuos porque la ley estatal se lo exige, pero critica que no puede sostenerla sobre una tramitación que el TSJM considera incompleta y opaca.