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DECLARACIÓN DE LA RENTA

¿Tienes coche propio? Estas son las deducciones que puedes aplicar en la declaración de la Renta

Para la mayoría de los contribuyentes, la compra de un coche no tiene efectos fiscales, aunque sí existen algunos supuestos en los que puede influir en la declaración

Quienes hayan adquirido en 2025 un vehículo eléctrico, de autonomía extendida, de pila de combustible o un híbrido enchufable pueden beneficiarse de una deducción del 15% en el IRPF

Quienes hayan adquirido en 2025 un vehículo eléctrico, de autonomía extendida, de pila de combustible o un híbrido enchufable pueden beneficiarse de una deducción del 15% en el IRPF

Victoria Saulyak

Victoria Saulyak

Madrid

El próximo 8 de abril de 2026 se abre el plazo para presentar la declaración de la Renta 2025, que se extenderá hasta el 30 de junio. Sin embargo, la Agencia Tributaria ya permite que los contribuyentes accedan a sus datos fiscales para poder calcular si el borrador les saldrá a devolver o a pagar.

Muchos ciudadanos hacen la declaración de la Renta por su cuenta, pero otros prefieren contar con la ayuda de un gestor para que no se les escape nada. Y es que en cada comunidad autónoma las deducciones son diferentes. En Madrid, los contribuyentes que en 2025 hayan tenido su residencia habitual en la capital podrán aplicar, entre otras: deducción por cuidado de ascendientes, por gastos educativos, por nacimiento o adopción de hijos, por cambio de residencia a un municipio en riesgo de despoblación y hasta una deducción por tener coche.

Como lo lees. Para la mayoría de los contribuyentes, la compra de un coche no tiene efectos fiscales, aunque sí existen algunos supuestos en los que puede influir en la declaración. Este es el caso de los autónomos que utilizan el vehículo para su actividad profesional, quienes hayan comprado un vehículo eléctrico, un modelo de autonomía extendida, uno de pila de combustible o un híbrido enchufable, o las personas con discapacidad o que tengan a su cargo a alguien con discapacidad.

Hasta 3.000 euros de deducción

Quienes hayan adquirido en 2025 un vehículo eléctrico, de autonomía extendida, de pila de combustible o un híbrido enchufable pueden beneficiarse de una deducción del 15% en el IRPF, con un máximo de 3.000 euros sobre una base máxima de 20.000 euros. Además, la normativa contempla también una deducción del 15% por la instalación de un punto de recarga en el domicilio, con un límite de 4.000 euros.

Se espera que la medida se apruebe a lo largo de este año para que los contribuyentes puedan beneficiarse en su declaración de la renta de 2027

La campaña de la renta se abre el 8 de abril este 2026 / Eduardo Parra (Europa Press)

Ahora, esta deducción se efectuará solo en el caso de que el coche que se adquiera sea nuevo y no se incluyen ni vehículos usados ni de KM 0. Estos últimos, al estar ya matriculados a nombre de una empresa (la mayoría de las veces el propio concesionario que lo vende), se consideran a todos los efectos como coches usados pese a que se trate de vehículos a estrenar.

Beneficios fiscales para personas con discapacidad

Otra de las excepciones se da en el caso de las personas con discapacidad. Tanto si la persona con discapacidad es el conductor como un familiar directo que tenga a esa persona a su cargo (los padres normalmente en el caso de un menor con discapacidad), el comprador de un vehículo puede desgravar el 50% del IVA, una cantidad que será relativamente baja puesto que, en este caso, el IVA que se paga al adquirir el vehículo no es del 2%, sino del 4%.

Desgravaciones para autónomos

Los profesionales autónomos que utilicen el coche para trabajar pueden desgravar el 50% del IVA y de las cuotas pagadas durante el año, tanto si el vehículo se adquiere en propiedad como si se utiliza mediante renting.

En algunos casos, como taxistas, transportistas, representantes comerciales o profesores de autoescuela, la deducción del IVA puede llegar al 100%, siempre que el vehículo esté matriculado a nombre del autónomo.

Los profesionales autónomos que utilicen el coche para trabajar pueden desgravar el 50% del IVA y de las cuotas pagadas durante el año

Los profesionales autónomos que utilicen el coche para trabajar pueden desgravar el 50% del IVA y de las cuotas pagadas durante el año / AYUNTAMIENTO DE MADRID

Además, pueden deducirse gastos de mantenimiento y hasta el 50% del combustible, porcentaje que también puede alcanzar el 100% en determinadas actividades profesionales como el transporte o el taxi.