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DECLARACIÓN DE LA RENTA

Confirmado por Hacienda: ya disponible para los contribuyentes madrileños la web para consultar los datos fiscales de la Declaración de la Renta 2025

La campaña de la Renta de 2026 comenzará el 8 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio, según la Agencia Tributaria

Los datos fiscales son un resumen de toda la información económica que Hacienda ya conoce porque la han comunicado otras entidades durante el año

Los datos fiscales son un resumen de toda la información económica que Hacienda ya conoce porque la han comunicado otras entidades durante el año / EUROPA PRESS

Victoria Saulyak

Victoria Saulyak

Madrid

Hacienda ha abierto el portal web para que los contribuyentes madrileños consulten sus datos fiscales de 2025. Cuando quedan tan solo unas semanas para que se inicie el plazo para presentar la Declaración de la Renta, muchos ciudadanos ya se preguntan si este año les saldrá a pagar o a devolver.

Por ello, este paso previo se vuelve crucial para que los trabajadores puedan prevenir errores antes de enviar el borrador. Los contribuyentes podrán consultar sus datos fiscales para comprobar que la información que tiene Hacienda es correcta.

¿Cómo puedo consultar mis datos fiscales?

Según el calendario oficial de la Agencia Tributaria, los documentos estarán disponibles a partir de este miércoles 18 de marzo de 2026. Desde esa fecha, los ciudadanos podrán entrar en la sede electrónica de la Agencia Tributaria o en su aplicación móvil para revisar la información que Hacienda ya tiene registrada sobre sus ingresos del año anterior. Puedes acceder a ellos a través de esta web.

Los sistemas fiscales se actualizan progresivamente, por lo que algunos contribuyentes tendrían que esperar para ver sus datos entre al 19 o 20 de marzo. Revisar esta información con tiempo es importante porque permite detectar errores antes de confirmar el borrador. Gracias a esto, podrás comprobar si se han aplicado bien tus deducciones, los beneficios fiscales y si tienes que incluir alguna ganancia o pérdida patrimonial que no se ha tenido en cuenta.

Puedes consultar tus datos fiscales a partir de este miércoles 18 de marzo

Puedes consultar tus datos fiscales a partir de este miércoles 18 de marzo / ARCHIVO

¿Qué información aparece en los datos fiscales?

Los datos fiscales son un resumen de toda la información económica que Hacienda ya conoce porque la han comunicado otras entidades durante el año. Entre los datos que suelen aparecer se encuentran:

  • Los ingresos del trabajo comunicados por la empresa.
  • Las retenciones del IRPF aplicadas en la nómina.
  • Prestaciones públicas, como el paro o ayudas.
  • Intereses bancarios o dividendos de inversiones.
  • Viviendas o propiedades registradas a nombre del contribuyente.
  • Donaciones o cuotas sindicales que pueden dar derecho a deducción.

Sin embargo, los expertos recuerdan que el borrador no siempre incluye toda la información, por lo que es importante revisarlo antes de confirmarlo.

El plazo máximo para enviar la declaración finaliza el 30 de junio de 2026

El plazo máximo para enviar la declaración finaliza el 30 de junio de 2026 / REDES

¿Cuándo empieza la campaña de la renta este 2026?

El plazo para ver y enviar el borrador final por internet se abrirá el 8 de abril de 2026. A partir de ese día los contribuyentes podrán presentar su declaración a través de la plataforma Renta WEB y la aplicación móvil de la Agencia Tributaria. Este es el sistema que utiliza la mayoría de los ciudadanos, ya que permite completar el proceso en pocos minutos si todos los datos son correctos.

Por otro lado, quienes prefieran hacer la declaración con ayuda también podrán utilizar otros canales que se abrirán más adelante. Para presentarla por teléfono tendrás que esperar hasta el 6 de mayo y para acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria, hasta el 1 de junio.

La campaña de la renta tiene una duración aproximada de tres meses. El plazo máximo para enviar la declaración finaliza el 30 de junio de 2026. Y cuidado, porque después de esa fecha presentar la renta puede implicar recargos o sanciones si el contribuyente estaba obligado a hacerlo.