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DGT

Multado con 80 euros por conducir con esta prenda en invierno: la Guardia Civil avisa a los conductores madrileños

La DGT advierte que esta práctica habitual podría incumplir el Reglamento General de Circulación

Conducir con este tipo de prendas reduce la eficiencia del cinturón de seguridad

Conducir con este tipo de prendas reduce la eficiencia del cinturón de seguridad / Freepik

Irene Pérez Toribio

Irene Pérez Toribio

Madrid

Durante los meses de invierno, lo más habitual es que nuestros cuerpos ocupen el doble de espacio que el resto del año. Y no solo por los polvorones de Navidad, sino por las prendas de abrigo, a cada cual más voluminosa, que vestimos para sobrevivir al frío. Sin embargo, utilizar este tipo de chaquetas podrían ser más arriesgado que beneficioso, ya que limitan nuestra movilidad al conducir, poniendo en peligro la seguridad tanto del conductor como del resto de usuarios de la vía.

La Dirección General de Tráfico, junto a la Guardia Civil, buscan garantizar la seguridad vial y reducir la siniestralidad en las carreteras madrileñas y del resto del país. Por ello, y con el objetivo de concienciar a los conductores, se llevan a cabo varias campañas de vigilancia que ponen sobre la mesa prácticas que, pese a ser relativamente comunes al volante, no garantizan la protección de los pasajeros.

"Ya sea en menores o en adultos, no se recomienda viajar en el interior del vehículo con abrigo puesto, ya que impide el correcto ajuste del cinturón de seguridad y le resta eficacia cuando entra en acción", avisa la DGT.

¿Qué dice el Reglamento General de Circulación?

Aunque el Reglamento General de Circulación no prohíbe expresamente llevar abrigo mientras se conduce, sí que existen diferentes motivos por los que se pueden multar a los conductores. Y es que utilizar una chaqueta gruesa o anorak puede disminuir la movilidad de los conductores durante la circulación, reduciendo la capacidad de reacción ante imprevistos. Además, conducir con este tipo de prendas reduce significativamente la eficacia del cinturón de seguridad.

De acuerdo al artículo 18.1 del reglamento: "El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos".

Las sanciones podrían ascender a 80 euros por considerarse una infracción leve

Las sanciones podrían ascender a 80 euros por considerarse una infracción leve / Freepik

Además, el artículo 3.1 explica que "se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro, tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario". Así el uso de guantes, ropa voluminosa o calzado inadecuado puede acarrear sanciones económicas de hasta 80 euros por ser consideradas infracciones leves.