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DECLARACIÓN DE LA RENTA

Atención, madrileños: con este documento puedes saber antes de tiempo si te va a salir a pagar o a devolver la declaración de la Renta

La obligación de rendir cuentas con Hacienda depende del tipo de renta y de determinados umbrales

La obtención del documento no depende de la Agencia Tributaria, sino de los pagadores

La obtención del documento no depende de la Agencia Tributaria, sino de los pagadores

Victoria Saulyak

Victoria Saulyak

Madrid

Cada inicio de año fiscal trae la misma cuenta atrás: la campaña de la Renta vuelve a escena y, con ella, la necesidad de ordenar papeles, anticipar el resultado y evitar sorpresas en la recta final. Este 2026, el calendario vuelve a concentrar a millones de contribuyentes frente a la Agencia Tributaria con un arranque escalonado según el canal elegido y una fecha de cierre que no admite prórrogas.

La presentación de la declaración arrancará el 8 de abril, cuando se abrirá la vía telemática a través de Renta Web y de la app oficial. Más adelante, el 6 de mayo se habilitará la opción de hacerlo por teléfono, siempre con cita previa. Y ya en el tramo final, a partir del 1 de junio, comenzará la atención presencial en oficinas, también con cita, que podrá solicitarse a finales de mayo. El plazo terminará el 30 de junio, límite común para todas las modalidades.

¿Quién está obligado a declarar?

La obligación de rendir cuentas con Hacienda depende del tipo de renta y de determinados umbrales. En líneas generales, deben presentar declaración los trabajadores por cuenta ajena que superen los 22.000 euros anuales cuando sus ingresos proceden de un único pagador.

Eso sí, hay colectivos para los que el listón es distinto. Los autónomos y quienes hayan obtenido rendimientos de actividades económicas, ganancias patrimoniales o rentas del capital están llamados a declarar obligatoriamente al tratarse de ingresos con un tratamiento fiscal específico.

¿Cómo puedo obtener una estimación?

Aunque la campaña se abre en abril, la planificación se complica antes de tiempo para algunos, pues el simulador oficial de la Agencia Tributaria no estará disponible hasta mediados de marzo. Ese desfase reduce el margen para prever si la declaración saldrá a pagar o a devolver y obliga a muchos hogares a tomar decisiones financieras sin una estimación clara.

Por suerte, el asesor financiero José Ramón López Martínez, conocido en redes como 'Tu Blog Fiscal', explica un método práctico para aproximar el saldo de la próxima declaración con dos pasos básicos. El punto de partida es un documento clave: el certificado de retenciones.

Según detalla, ese certificado recoge los principales datos que determinan el resultado de la Renta, como los rendimientos del trabajo, las retenciones de IRPF ya practicadas en nómina y las cotizaciones a la Seguridad Social.

¿Dónde consigo el certificado de retenciones?

La obtención del documento no depende de la Agencia Tributaria, sino de los pagadores. En la práctica, implica solicitarlo a la empresa o empresas para las que se haya trabajado durante 2025. Si hubo varios empleadores a lo largo del año, el criterio es claro: hay que pedirlo a todos, aunque la relación laboral haya terminado.

Con el certificado en la mano, la propuesta final consiste en introducir esos datos en el sistema de la campaña anterior. Si los tramos del IRPF no se ajustan y permanecen sin cambios relevantes, la simulación con el esquema previo permite obtener una cifra muy aproximada a la que aparecerá cuando se abra la campaña vigente.

El propio asesor advierte de que el resultado no deja de ser orientativo, pero puede servir para anticiparse. Y es que en un contexto de presupuestos familiares ajustados, saber con semanas de margen si toca desembolsar o si habrá devolución es, más que una comodidad, una herramienta de planificación.