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VECINOS

La Ley de Propiedad Horizontal lo confirma: los madrileños ya no pueden tender la ropa en el patio interior de la comunidad sin un acuerdo previo

Lo que mucha gente considera un gesto inofensivo, no siempre está permitido, y puede acabar en una exigencia formal de retirada si la comunidad decide poner límites

Que una comunidad tolere el tendido durante años no significa necesariamente que esté blindado

Que una comunidad tolere el tendido durante años no significa necesariamente que esté blindado / GETTY IMAGES

Victoria Saulyak

Victoria Saulyak

Madrid

No es un secreto. Tanto la imagen de los toldos verdes como la de las sábanas y camisetas colgando en patios interiores es casi parte del paisaje urbano en muchas zonas de España. Sin embargo, esa escena tan cotidiana puede convertirse en motivo de choque vecinal cuando entra en juego la normativa de la comunidad.

Lo que mucha gente considera un gesto inofensivo, no siempre está permitido, y puede acabar en una exigencia formal de retirada si la comunidad decide poner límites. La base legal que suele invocarse es el artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, que impide a los propietarios realizar actuaciones que alteren la configuración o el estado exterior del edificio.

En la práctica, la discusión no gira tanto en torno a la ropa en sí como a lo que implica tenderla: cuerdas, anclajes, soportes o sistemas fijos que se colocan sobre elementos comunes. Incluso cuando el patio es interior, a menudo se entiende que forma parte de la fachada o de la imagen del inmueble y eso abre la puerta a interpretaciones más restrictivas.

El patio de luces: elemento común y ligado a la estética del edificio

Aunque esté oculto a la calle, el patio interior suele tener la consideración de elemento común o, como mínimo, de espacio ligado a la estética del edificio. Por eso, si los estatutos de la comunidad no contemplan expresamente el tendido en esa zona, puede bastar con que un vecino lo plantee para que se exija retirar la colada o desmontar la instalación, especialmente si se entiende que la práctica modifica la apariencia del inmueble.

Además, la normativa y los acuerdos comunitarios suelen apoyarse también en motivos de conservación, como goteos que generan humedades, agua que cae sobre viviendas inferiores, deterioros derivados de fijaciones y anclajes en muros y zonas compartidas.

¿Cuándo puede prohibirse colgar la ropa en un patio común?

Que una comunidad tolere el tendido durante años no significa necesariamente que esté blindado. Para que la práctica quede amparada, lo habitual es que exista una previsión clara en los estatutos o un acuerdo comunitario que lo autorice en determinadas condiciones. Y aun así, en algunos supuestos se plantea la necesidad de que la junta apruebe la decisión por unanimidad al afectar al uso de elementos comunes o a la configuración del edificio. Por otro lado, hay ayuntamientos con ordenanzas que regulan cuestiones de estética urbana o convivencia y que, en determinados entornos, pueden limitar el tendido visible o fijar condiciones.

Del aviso al procedimiento de cesación

Si la comunidad acuerda prohibirlo y el propietario mantiene la conducta, el conflicto puede subir de nivel. La Ley de Propiedad Horizontal permite activar un procedimiento de cesación y, en el peor escenario, la disputa termina judicializada con una resolución que obligue a retirar la instalación o dejar de tender en el patio y con la posibilidad de que se impongan costes si el caso llega a tribunales.