DECLARACIÓN DE LA RENTA
Confirmado por Hacienda: los propietarios madrileños podrán deducirse más de 1.000 euros en la Renta si cumplen con este requisito
Este año, la Agencia Tributaria abrirá el plazo para presentar la Renta el 8 de abril

No suele ser posible deducir el 100% del recibo del seguro / EP

Faltan pocas semanas para que arranque la campaña de la Renta 2025-2026, un periodo clave en el que millones de contribuyentes revisan sus ingresos, retenciones y, sobre todo, las deducciones que pueden marcar la diferencia entre que la declaración salga a pagar o a devolver. Y es que mientras muchos esperan ansiosos la llegada de abril para que se les devuelva una parte de su dinero, otros tratan de aplazarlo lo máximo posible para evitar un roto en el bolsillo.
Además, este año vuelve a cobrar protagonismo todo lo relacionado con la vivienda y las circunstancias familiares, dos ámbitos donde se concentran algunos de los incentivos más útiles. Entre ellos, destaca la posibilidad de incluir parte del seguro de hogar dentro de las deducciones vinculadas a la hipoteca, siempre que se cumplan requisitos concretos.
Cuándo empieza la campaña y quién está obligado a declarar
Este año, la Agencia Tributaria abrirá el plazo para presentar la Renta el 8 de abril. A partir de esa fecha, deberán presentar el IRPF quienes hayan obtenido rendimientos del trabajo iguales o superiores a 22.000 euros. También estarán obligadas las personas que hayan ingresado 15.876 euros anuales cuando durante el año hayan tenido más de un pagador, una circunstancia habitual en casos de cambio de empleo, contratos temporales o compatibilidad de ingresos.
En cualquier caso, el resultado de la declaración no depende únicamente de lo que se haya cobrado, sino de las retenciones aplicadas y de las deducciones y reducciones que correspondan según la situación personal. Por eso, incluso quienes no estén obligados pueden presentar la declaración si prevén que les saldrá a devolver.
La cantidad final a pagar o a devolver se ajusta al cálculo real del impuesto: si a lo largo del año se ha soportado una retención superior a la necesaria, el contribuyente puede recuperar parte de ese dinero mediante una devolución. Por eso, las deducciones son determinantes, ya que permiten rebajar la cuota y mejorar el resultado final. Entre las más relevantes vinculadas a la vivienda se encuentra la deducción relacionada con determinados gastos de hipoteca, donde puede entrar el seguro de hogar.
¿Cómo puedo deducir el seguro del hogar en la Renta?
Esta deducción no es universal, pues está ligada al régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda habitual. En la práctica, pueden beneficiarse de ella quienes adquirieron su vivienda antes de enero de 2013 y mantienen una hipoteca activa. Además, el seguro debe estar vinculado al préstamo, ya que se considera un gasto asociado a la financiación de la vivienda.
Si cumples con estos requisitos, la normativa fija una base máxima deducible por inversión en vivienda habitual de 9.040 euros al año. Sobre esa base se aplica, con carácter general, una deducción del 15%, lo que se traduce en un ahorro máximo aproximado de 1.356 euros anuales. Ese tope no corresponde solo al seguro, sino al conjunto de cantidades que se incluyan dentro de la deducción de vivienda habitual.
No es posible deducir el 100% del seguro
Otro matiz clave es que no suele ser posible deducir el 100% del recibo del seguro. Lo habitual es que solo se admita la parte del seguro estrictamente relacionada con la hipoteca, aquella que protege el valor del inmueble y responde a las coberturas exigidas o directamente vinculadas a la financiación. Las garantías añadidas normalmente quedan fuera de la deducción, por lo que es esencial a la hora de elaborar la declaración revisar el recibo del seguro y la documentación del préstamo. Solo así se podrá identificar qué parte está efectivamente asociada a la hipoteca.
Otras deducciones vigentes
La entrada de este incentivo se produce en un momento en el que Hacienda ha ampliado los beneficios fiscales relacionados con la vivienda y las responsabilidades familiares. Por ejemplo, en esta misma campaña de la Renta continúan vigentes otras deducciones por convivir con ascendientes mayores en la vivienda habitual, que pueden alcanzar hasta 2.500 euros para familias que cuidan de personas mayores de 75 años, siempre cumpliendo los requisitos específicos de convivencia e ingresos.
También se mantienen otros más tradicionales, como los ligados a la adquisición o financiación de la vivienda habitual en regímenes transitorios, o las deducciones por obras de mejora destinadas a personas con discapacidad.
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