IMPUESTO DE SUCESIONES
Así es la letra pequeña del Impuesto de Sucesiones: esto es lo que cuesta heredar 500.000 euros en Madrid
Se trata de uno de los impuestos más desiguales en España, ya que su gestión depende de las comunidades autónomas

El Impuesto de Sucesiones en Madrid tiene una bonificación del 99% para cónyuges, hijos, padres y adoptados, y una bonificación del 50% para hermanos, tíos, y sobrinos. / Freepik

El Gobierno puso sobre la mesa el pasado 12 de febrero la posibilidad de reformar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, denunciaba que muchas comunidades autónomas aplicaban bonificaciones que, en la práctica, eliminaban el pago del tributo, y abría la puerta a fijar "un mínimo de imposición". La intención, explicaba, es frenar "los vaciamientos fiscales" y la "competencia desleal" entre territorios.
Uno de los impuestos más desiguales de España
El Impuesto de Sucesiones y Donaciones es aquel que se aplica al recibir una herencia o legado tras un fallecimiento o al recibir una donación en vida. Se trata de un tributo directo sobre el patrimonio personal y progresivo. Es decir: a mayor herencia, mayor porcentaje.

Asturias es la Comunidad Autónoma con mayor porcentaje a pagar este tributo en España / iStockphoto
Regulado por la Ley 29/1987, este impuesto, pese a ser estatal, depende en su gestión de las comunidades autónomas. De manera que, mientras que una herencia de 500.000 euros entre padres e hijos estaría libre de pago en comunidades como Andalucía, Galicia o Cantabria, en Asturias la factura fiscal ascendería a 60.000 euros. Por ello, este tributo es conocido por ser uno de los más desiguales de España.
¿Y en Madrid?
En la Comunidad de Madrid, una herencia de 500.000 euros entre padres e hijos supondría para el heredero una cuota de 1.500 euros. Sin embargo, el tipo mínimo en la capital oscila entre el 7,35% y el 34% en función del valor de la herencia... Pero, ¿cómo son posibles estos datos?
La ventaja de residir en Madrid es que la comunidad autónoma bonifica hasta el 99% para familiares directos como cónyuges, hijos, padres y adoptados, además de una bonificación del 50% para hermanos, tíos, y sobrinos. También se contemplan deducciones adicionales para los herederos menores de 21 años y aquellos que sufran un determinado grado de discapacidad.
Reducciones adicionales
- Descendientes menores de 21 años: reducción adicional de 16.000 euros, la cual se incrementa en 4.000 euros por cada año menor que sea el sujeto hasta un máximo de 48.000 euros.
- Discapacidad igual o superior al 33 %, hasta un 65 %: reducción de 55.000 euros.
- Discapacidad igual o superior al 65 %: hasta 153.000 euros.
Una propuesta gravemente criticada
Expertos como Luis Garvía, director del máster en riesgos financieros en Comillas, no han tardado en pronunciarse, advirtiendo que "gravar de nuevo un patrimonio ya fiscalizado, lo que hace es distorsionar el ahorro, la inversión y la transmisión intergeneracional de valor". Además, varias comunidades ya han advertido que recurrirán la medida en caso de que esta invada sus competencias.
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