TRABAJO
Los madrileños podrían ver reducido su salario si llegan tarde al trabajo: legal, pero polémico
Esta práctica avalada por el Tribunal Supremo se basa en que "el salario retribuye el trabajo efectivamente prestado"

El Tribunal Supremo especificaba que no se trata de una cantidad devengada, sino que la obligación de pago no llega a nacer / EFE

Aunque muchos trabajadores madrileños lo desconocen, llegar tarde al trabajo, ya sea por el metro, el Cercanías o las huelgas, puede tener un efecto directo en la nómina. Así lo hizo saber la Sala de lo Social en su sentencia del 27 de mayo de 2021 (STS 582/2021). A pesar de las denuncias de los sindicatos calificando la práctica como "una multa de haber" prohibida por el Estatuto de los Trabajadores, el Tribunal Supremo terminó por dar la razón a los empresarios: si el empleado no ha trabajado por una causa exclusivamente imputable a él, ese tiempo no genera derecho de salario.

Los letrados advierten de que "la puntialidad es una obligación laboral, pero su gestión exige rigor jurídico" / Getty Images
Bajo la premisa de que "el salario retribuye el trabajo efectivamente prestado", el Tribunal Supremo concluía que esta práctica no consistía en una detracción, sino que la obligación de pago no llega a nacer. Desde esta perspectiva, no existiría sanción, sino una consecuencia directa del contrato de trabajo.
Desde la publicación de esta sentencia, distintos tribunales superiores de justicia han aplicado este criterio, facilitando que muchas empresas comiencen a aplicar descuentos proporcionales en función de los minutos no trabajados. Aunque el problema no está en su legalidad, el foco del conflicto nace de su ejecución, y es que muchos trabajadores desconocen esta posibilidad o no han sido informados previamente, descubriendo dicha detracción al revisar su nómina.
Pequeñas deducciones pueden tener un impacto real
Aunque pequeñas deducciones pueden parecer insignificantes, a largo plazo esto puede tener un impacto real en la economía de los trabajadores. Por ello, desde Unive Abogados advierten de que si bien "la puntualidad es una obligación laboral, su gestión exige rigor jurídico", sin caer en prácticas abusivas, con información previa y el respaldo del convenio.
Así, la conclusión es clara: por mucho que la práctica cuente con respaldo jurisprudencial, su aplicación sin transparencia o proporcionalidad puede estar sujeto a reclamaciones o nulidades y convertirse en un foco innecesario de conflicto.
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