SUBVENCIONES
Confirmado por el Ayuntamiento de Madrid: se abren las convocatorias de las subvenciones para la producción de largometrajes 2025-2026
Esta ayuda mantendrá el plazo de solicitud abierto hasta el próximo 31 de marzo de 2026

Madrid se afianza como gran plató internacional tras acoger 71 rodajes de películas a lo largo de 2025 / AYUNTAMIENTO DE MADRID (Europa Press)

El Ayuntamiento de Madrid ha confirmado la apertura del plazo de solicitudes para las subvenciones de largometrajes 2025-2026. Esta ayuda va dirigida tanto a personas físicas como a empresas productoras audiovisuales independientes, pymes o micropymes que presenten largometrajes de ficción o documental tanto en imagen real como en animación. El trámite, que podrá realizarse online o en una oficina de registro municipal (con cita previa), estará abierto hasta el próximo 31 de marzo.

Rodaje en Las Rozas en diciembre de 2025 / Carlos Iglesias (Europa Press)
Bases detalladas de los requisitos
Para optar a la presente convocatoria, la Comunidad de Madrid establece unos requisitos generales entre los que se encuentra poseer la nacionalidad española o de cualquier estado miembro de la Unión Europea siempre que se tenga una residencia fiscal en la Comunidad de Madrid con una antigüedad mínima de un año a la fecha de publicación de las subvenciones. En caso de cumplir este requisito, se debe además:
- Ser una productora o asociación independiente que cumpla con los requisitos de Pyme: menos de 250 empleados y una facturación anual menor a 50 millones de euros (o un balance general menor a 43 millones de euros).
- Estar inscrita en el Registro del ICAA (o su equivalente en el Espacio Económico Europeo) previo a la solicitud.
- Tener como principal actividad la realización de proyectos audiovisuales con al menos 2 años de antigüedad o ,en su defecto, que alguno de los socios tenga una trayectoria profesional demostrable de al menos 2 años.
- Estar dada de alta en un epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas relacionado con el sector (producción, distribución o venta audiovisual).
- Poseer los derechos de explotación de los contenidos de la película (por cuenta propia o por acuerdos).
Si la persona física o jurídica carece de residencia fiscal en la Comunidad de Madrid, la obra audiovisual aún puede optar a estas ayudas, si demuestra estar vinculada con Madrid en al menos tres de los siguientes puntos:
- Autoría.
- Contenido de la obra.
- Rodaje.
- Equipo.
- Postproducción.
En el caso de empresas extranjeras, además de cumplir los requisitos anteriores, deberán tener a la fecha de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, un establecimiento operativo en la Comunidad de Madrid con dos años de antelación a dicha fecha.

Rodaje de ‘Todos los nombres de Dios’ en la Gran Vía este 2025 / AYUNTAMIENTO DE MADRID (Europa Press)
Requisitos adicionales específicos
Adicionalmente, en el momento de la presentación de la solicitud, se deberá tener garantizada una financiación de, al menos el 20% del presupuesto total previsto para la producción de la obra, y no haber comenzado el rodaje. Finalizada la obra, el proyecto final deberá obtener la nacionalidad española (de acuerdo al art. 5 de la Ley 55/2007).
¿Y si se trata de una coproducción?
Si el proyecto se realiza en régimen de coproducción entre varias empresas productoras, se tendrá que hacer constar esta circunstancia de forma expresa en la solicitud y deberá presentarse un formulario agrupación de empresas cumplimentado y firmado por cada una de las empresas intervinientes.
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