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DECLARACIÓN DE LA RENTA

Ya es oficial: este es el nuevo cambio en el IRPF del que se podrán beneficiar los madrileños

Los ciudadanos de la capital podrán acogerse a esta medida a partir del próximo año 2027 cuando hagan la declaración de la renta

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso durante el desayuno informativo el pasado lunes 26 de enero

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso durante el desayuno informativo el pasado lunes 26 de enero / EFE

Irene Pérez Toribio

Irene Pérez Toribio

Madrid

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, anunció esta semana una nueva bajada de medio punto en el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta (IRPF) en la declaración de 2027. La medida, explicaba, busca "ayudar a la economía de una sociedad que por méritos propios ha hecho de la Comunidad de Madrid una de las mejores del mundo".

De acuerdo con el gobierno regional, esta rebaja podría suponer un ahorro de hasta 500 millones de euros, beneficiando a 2,9 millones de contribuyentes, especialmente al 71% de los madrileños con sueldos inferiores a los 35.000 euros brutos anuales. Así, el tipo mínimo quedará en un 8% y el máximo en un 20%, lo que supondrá un ahorro fiscal de hasta 635 euros para un madrileño medio. Con esta medida, Madrid se afianza como una de las regiones con el Impuesto de la Renta más bajo.

¿Cómo funciona el IRPF?

En España, el IRPF es lo que se denomina un impuesto progresivo, lo que significa que el porcentaje a pagar por los contribuyentes, aumenta conforme aumentan sus ingresos. Este porcentaje a abonar, se divide en dos tramos: los estatales y los autonómicos.

Se espera que la medida se apruebe a lo largo de este año para que los contribuyentes puedan beneficiarse en su declaración de la renta de 2027

Se espera que la medida se apruebe a lo largo de este año para que los contribuyentes puedan beneficiarse en su declaración de la renta de 2027 / Eduardo Parra (Europa Press)

El tipo mínimo

Este término hace referencia al porcentaje mínimo que se aplica a los primeros 12.450 euros de cualquier contribuyente. Para calcularlo, debe sumarse el porcentaje impuesto por el estado (tramo estatal) y el tramo impuesto por las comunidades autónomas (tramo autonómico medio).

Así, en la Comunidad de Madrid, el tipo mínimo este 2026 quedaría conformado por el 9,5% estatal y el 8,5% autonómico. Es decir, los madrileños deben pagar un 18% por sus primeros 12.450 euros. Con la nueva medida impuesta por el gobierno regional, este dato porcentaje se reduciría hasta el 17,5 % para la renta de 2027.

El mínimo personal

Este concepto hace referencia al dinero "libre" de impuestos, considerado como el mínimo intocable para cubrir las necesidades básicas (comida, vivienda, etc.). Este importe corresponde por tanto a los primeros 5.550 euros que se ganan al año, y por los que no se pagaría IRPF. En otras palabras, si el contribuyente gana 10.000 euros, primero se restarían estos 5.500 euros y solo se aplicaría el tipo mínimo al porcentaje restante.

  • Si el contribuyente tiene más de 65 años, el mínimo personal asciende a 6.700 €
  • Si el contribuyente tiene más de 75 años, el mínimo personal asciende a 8.100 €

El tipo máximo

Este término hace referencia al porcentaje máximo que se aplica solo a las rentas más elevadas, es decir, a partir de los 300.000 euros anuales. Para calcularlo debemos repetir la fórmula anterior, sumando el porcentaje impuesto por el estado (tramo estatal) y el tramo impuesto por las comunidades autónomas (tramo autonómico medio).

Así, en la Comunidad de Madrid, el tipo máximo este 2026 alcanzaría el 45% al sumar el 24,5% del tramo estatal y el 20,5% del tramo autonómico. Al reducir en medio punto el IRPF, la renta de 2027 tendría un tipo máximo del 44,5%.

¿A quién se aplica el tipo máximo?

El tipo máximo no se aplica a todo el mundo, ya que los ingresos deben superar ciertos límites:

  • En Madrid, el 20,5% del tramo autonómico solo se aplica a partir de los 57.320 euros

Es importante recordar que el IRPF es un impuesto progresivo, es decir, si para los primeros 12.450 euros pagábamos el tipo mínimo (18%), conforme nuestro sueldo aumente, iremos subiendo peldaños (24%, 30%, 37%...). Solo sobrepasados los límites impuestos para el tipo máximo se pagaría este porcentaje tope (45%).

Cada comunidad autónoma ajustará esta escala con su propio tramo autonómico

Cada comunidad autónoma ajustará esta escala con su propio tramo autonómico / Calcular IRPF.es