DGT
Confirmado por la DGT: estas son las sanciones para los madrileños que no cumplan este artículo del Reglamento General de Circulación
Si tu vecino ha decidido pintar su vado sin contar con los permisos y la placa oficial, debes saber que es ilegal y que podrás denunciarlo al Ayuntamiento

Placa vado permanente. / Motor Mapfre

Atención a la normativa sobre los vados: quienes hayan pintado una línea amarilla en su propiedad sin haber hecho los trámites oficiales y sin tener la placa homologada, podrán ser sancionados. Es el artículo 139 del Reglamento General de Circulación (RGC) el que podrán invocar los vecinos en el que se establece esta normativa.
Este artículo constituye quién es el responsable de la señalización y el mantenimiento de la vía pública y cuáles son las condiciones por las que se pueden instalar señales. De acuerdo con el RGC 139, la instalación de señalización oficial en la vía solo puede realizarla el titular, normalmente el Ayuntamiento. Una línea pintada por un individuo no tiene fuerza legal, ya que la competencia es de la autoridad.
Si tu vecino ha decidido pintar su vado sin contar con los permisos y la placa oficial, debes saber que es ilegal y que podrás denunciarlo al Ayuntamiento. Será el gobierno municipal el encargado de obligar la retirada de la pintura y de informar sobre los pasos para adquirir el vado legal.
¿Cómo obtengo el vado oficial en Madrid?
Para obtener un vado de forma legal, debes acudir al Ayuntamiento que te corresponda. Tendrás que cumplir con ciertos trámites y presentar la documentación adecuada.
Para iniciar el proceso deberás asegurarte de tener a mano el formulario de solicitud de licencia rellenado con los datos del propietario y la dirección del inmueble. Además, el plano de situación y de planta detallado con las medidas y la distribución. En algunos casos, también será necesario presentar un justificante de pago de la Tasa y una memoria descriptiva donde se especifique el tipo de vado que se solicita y la necesidad del mismo.
En primer lugar, presentarás la solicitud en la Junta de Distrito correspondiente a la ubicación de inmueble o a través de los canales telemáticos del Ayuntamiento de Madrid. Una vez presentada la solicitud, el Ayuntamiento enviará a un técnico para inspeccionar el lugar y verificar que la solicitud se ajusta a la normativa urbanística y de movilidad. Si la inspección es positiva, se emitirá la aprobación. A partir de ese momento, se deberá abonar la Tasa de Vado anual para recibir la placa y la autorización oficial. El precio variará según la variable de ocupación y la variable de intensidad de uso, que se puede calcular en la página oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Si tienes el permiso aprobado
Una vez concedido el permiso se debe colocar la placa oficial de vado homologada, que incluya la señal R-308 de prohibición de aparcar, el escudo con la pertenencia al Ayuntamiento de Madrid y el número de licencia de vado, el tipo de vado y si es el caso, los horarios en los que es válido.

Placa de vado del Ayuntamiento de Madrid / Gonplac
En muchos casos para que sea más visual, se pinta una línea amarilla continua en el suelo. Así, se delimita la zona de acceso al vado e indican a otros usuarios dónde no deben estacionar sus coches. Es fundamental tener la placa en buen estado, si se encuentran desgastadas o ilegibles podrán invalidarse.
La licencia se renueva anualmente mediante el pago de la tasa correspondiente. Mucho cuidado si la señalización no está delimitada correctamente o no se renueva, ya que podrá aplicarse una sanción de entre 501 y 901 euros. Si tu vecino se pasa de listo, atención: tendrá consecuencias legales.
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