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COMUNIDAD DE MADRID

Los condenados por ocupación ilegal no podrán acceder en cinco años a vivienda protegida en Madrid

Y se deberá acreditar un mínimo de 10 años de empadronamiento en la región para poder acceder a la vivienda protegida

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, durante un desayuno informativo de Nueva Economía Fórum.

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, durante un desayuno informativo de Nueva Economía Fórum. / Eduardo Parra - Europa Press

Efe

Madrid

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha anunciado este lunes que incluirá en el nuevo Reglamento de Vivienda de la región que las personas condenadas por ocupación no podrán acceder a un inmueble protegido en la región durante cinco años.

Así lo ha anunciado la presidenta madrileña durante un desayuno informativo organizado por Nueva Economía Forum, en la que ha defendido que la Comunidad de Madrid seguirá luchando contra la corrupción "a pesar de tener unas competencias limitadas".

Este nuevo Reglamento de Vivienda se encuentra en fase de tramitación y se prevé un periodo de audiencia e información pública, y cuya aprobación está prevista para el mes de julio.

La Comunidad de Madrid establecerá en dicho texto que cualquier persona condenada por sentencia firme por los delitos de allanamiento de morada o usurpación de vivienda no podrá beneficiarse de una vivienda protegida si se produjo en los cinco años anteriores a la solicitud.

Diez años de empadronamiento para acceder a vivienda protegida

Otro de los puntos que se incluirá en el Reglamento de Vivienda será acreditar un mínimo de diez años de empadronamiento en la región para poder acceder a la vivienda protegida.

Según la Comunidad de Madrid de esta forma se prioriza la vinculación estable con la región de los beneficiarios y asegurar que los recursos públicos se destinan a quienes contribuyen de manera continuada a su desarrollo.