REFORMA
Madrid establecerá fecha de caducidad para algunas leyes y revisará todas cada cuatro años
El Consejo de Gobierno da luz verde a un proyecto de decreto para aligerar trabas burocráticas cuya aprobación definitiva se prevé antes de julio

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. / Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

El pasado noviembre el Gobierno de la Comunidad de Madrid tendía alfombra roja al ministro de Desregulación y Transformación de Argentina, Fernando Sturzenegger, a quien la consejera de Economía, Hacienda y Empleo, Rocío Albert, presentaba en un desayuno informativo en el hotel Ritz. Entonces recordaba Albert cómo le habían impresionado, en el despacho del ministro de Javier Milei en Buenos Aires unos meses antes, dos montones de papel que conservaba. Uno, con un lazo, era la legislación argentina que Sturzenegger había derogado en año y medio de mandato. La otra, la de las leyes que le quedaban por derogar. “Una inspiración”, evocaba entonces la consejera madrileña.
Junto a las rebajas fiscales, la simplificación burocrática es una de las cuestiones de las que la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, procura hacer bandera. En cuanto tiene ocasión recuerda la puesta en marcha de una Línea Abierta contra la Hiperregulación que, asegura, ha servido para reducir o suprimir más de 500 normas. Además, lleva tiempo anunciando una medida, contemplada en el programa electoral, para fijar por norma la revisión periódica de la legislación con el fin de calibrar su vigencia.
Esa medida estará desde hoy más cerca. El Consejo de Gobierno conoce hoy el proyecto de decreto que, entre otros aspectos, establecerá una fecha de caducidad en las leyes autonómicas de carácter organizativo, así como la obligación de evaluar el resto de las normas cada cuatro años para comprobar su eficacia. Es el primer paso para la aprobación de una iniciativa que se prevé sea definitiva a lo largo del primer semestre de 2026.
“El texto fija la obligatoriedad de llevar a cabo al menos una evaluación de la normativa antes de que transcurran cuatro años desde la entrada en vigor de cada disposición, salvo en aquellos casos con rango de ley que establezcan otro plazo”, informan desde la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local. Con ello se persigue comprobar si la legislación en cuestión ha servido para aquello que se pretendía o, si por el contrario, es necesario ajustarla.
Se atribuye, además, un papel preeminente a la Comisión Interdepartamental para la Reducción de Cargas Administrativas y Simplificación Normativa, entre cuyas funciones estará la de formular en el periodo de un año desde la entrada en vigor del decreto cuyo proyecto hoy se ha presentado que puesta en marcha del decreto, una propuesta para priorizar el silencio positivo en defecto de resolución expresa en plazo en los distintos procedimientos administrativos.
Esta comisión será también el organismo encargado de fijar los criterios para el examen de la normativa, eso sí, después de una fase de consulta pública para recoger aportaciones de ciudadanos y empresas que así lo deseen y de que la consejería del ramo afectado emita un informe.
El decreto recoge igualmente la pérdida de vigencia de ciertas disposiciones reglamentarias “de carácter organizativo” y de las que establezcan el funcionamiento de los órganos colegiados al cabo de cinco años, siempre que tras la evaluación ex post no se estime necesario mantenerlas. Además se incorpora un procedimiento abreviado para determinadas leyes de contenido más simple con objeto de acortar de forma sustancial los plazos de gestión.
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