SEGURIDAD
Gobierno y Comunidad de Madrid abren un nuevo frente judicial a causa del armamento de las policías locales
El Ministerio del Interior recurre el reglamento madrileño que permite a los agentes municipales usar armas largas y balas expansivas y Sol lo tacha de "ataque a la seguridad de los madrileños"

27/08/2025 El consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, Carlos Novillo. / Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

Nueva polémica entre el Gobierno y la Comunidad de Madrid que se dirimirá en los tribunales, esta vez a costa del armamento de las policías locales. El Ministerio del Interior ha presentado un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid contra el decreto que regula el armamento del que pueden disponer los cuerpos de policía local en la región.
El Gobierno autonómico dio luz verde a este reglamento el pasado julio, y en él autorizaba el uso por parte de agentes locales de armas largas bajo determinadas condiciones, así como de munición expansiva, lo que se conoce como balas dum dum.
Estos son precisamente los dos aspectos que Interior ve más controvertidos y en los que ha basado su recurso. Una acción que desde la Comunidad de Madrid se percibe como "un nuevo ataque directo del Gobierno de Sánchez contra la seguridad de los madrileños y de nuestros policías locales".
El uso de armas largas se permite en otras comunidades autónomas, ha asegurado el consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, Carlos Novillo, quien ha cuestionado que no se quiera autorizar en Madrid, "cuando además estamos en nivel 4 de alerta antiterrorista y se está viendo que los grupos organizados ya utilizan armas de guerra”.
Desde Sol se argumenta, además que el Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que aprueba el Reglamento de Armas estatal, ampara la utilización de fusiles y otro tipo de armamento por parte de policías locales, punto en el que discrepa el departamento dirigido por Fernando Grande-Marlaska.
"El decreto de la Comunidad de Madrid pretende otorgar a cada alcalde la capacidad de autorizar, de manera excepcional, el uso de armas largas por parte de las policías locales. Esto contradice abiertamente el Reglamento de Armas aprobado por el Estado (Real Decreto 137/1993), que establece que las policías locales solo pueden portar armas cortas", aducen fuentes de la Delegación del Gobierno en la Comunidad de Madrid.
El artículo 5 del reglamento estatal prohíbe la compraventa, tenencia y uso de estas armas "salvo por funcionarios especialmente habilitados", que es el argumento al que se aferra el consejero madrileño.
Más allá de ello, desde el Gobierno central se entiende que el decreto madrileño invade de manera directa competencias exclusivas del Estado, como es la regulación del uso de armas de fuego. "La regulación de las armas no puede depender de la voluntad de un alcalde, sino de un marco normativo estatal que garantiza criterios homogéneos y seguros en todo el país", argumentan en la Delegación de Gobierno. "Se exceden de sus competencias sin disimulo".
"Lo que verdaderamente fortalece la seguridad es la coordinación, la formación, los recursos y la planificación, no el exhibicionismo político ni las decisiones improvisadas", añaden desde la oficina de Francisco Martín. "La seguridad de los madrileños no depende de posibilitar a los policías locales el uso de armas largas y de promover un discurso basado en la escalada armamentística".
"El Gobierno de la Comunidad de Madrid parece más interesado en fabricar titulares y alimentar una confrontación política artificial que en mejorar de manera real la seguridad de los municipios madrileños", rematan.
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