BECAS

Cheque guardería de la Comunidad de Madrid: plazos, requisitos y cómo solicitarlo

Las becas tendrán un presupuesto de 50,6 millones y podrán alcanzar a alrededor de 34.000 familias

Archivo - Varios niños en una guardería.

Archivo - Varios niños en una guardería. / Alejandro Martínez Vélez - Europa Press - Archivo

A. V.

La Comunidad de Madrid ya ha abierto el plazo de solicitud para las becas del primer ciclo de Educación Infantil (0-3 años) del próximo curso 2023/24 en centros de titularidad privada, conocidas como cheque guardería.

El Gobierno regional ha adelantado la publicación de estas ayudas, que se han publicado este martes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), para que "las familias puedan saber si son beneficiarias antes de que se inicie el curso escolar". Hasta ahora estas becas iniciaban su proceso durante los meses de junio y julio.

"La Consejería de Educación y Universidades refuerza con estas ayudas la libertad de elección de centro, uno de los pilares de la calidad de su sistema educativo, y la escolarización entre 0 y 3 años para facilitar, además, la conciliación de la vida laboral y familiar y la igualdad de oportunidades", han señalado desde el área que dirige Enrique Ossorio.

Cuál es el importe del cheque guardería

Según han informado fuentes del Ejecutivo madrileño, las becas tendrán un presupuesto de 50,6 millones y podrán alcanzar alrededor de 34.000 familias. Además, el próximo será ya el quinto año con la escolarización gratuita en todas Escuelas Infantiles de la red pública de la Comunidad. Las cuantías que recibirán las familias beneficiarias serán de 1.463 o 2.343 euros anuales en función de la renta y favorecerán fundamentalmente cuando trabajen ambos cónyuges.

Cuáles son los requisitos

Respecto a los requisitos principales:

  1. El niño, tanto si ha nacido ya como si va a nacer en 2023, debe de estar matriculado o tener reserva de plaza para el curso 2023/24 en un centro de educación infantil privado autorizado por la Comunidad de Madrid.
  2. La familia no podrá superar un límite de ingresos. El Gobierno regional no ha indicado todavía cuál será dicho límite (el año pasado no se podía superar el límite de renta per cápita familiar de 35.913 €).

Además, el Gobierno madrileño dará más facilidades para acceder a las víctimas de violencia de género y también podrán optar de forma excepcional los niños mayores de 3 años que deban estar escolarizados en el primer ciclo de infantil, un año más, por tener necesidades educativas especiales acreditadas por el Equipo de Atención Temprana.

Cómo solicitarlo

Las becas se podrán solicitar a través del portal web institucional www.comunidad.madrid hasta el próximo 20 de abril.

El importe de las becas se dará siguiendo un baremo de puntuación que tiene en cuenta los ingresos familiares, la situación laboral los padres, el tipo de familia —numerosa, monoparental, etc.— y en su caso, la discapacidad del menor o de los padres y la situación social.

Asimismo, en la baremación de las becas 0-3 obtendrán 7 puntos, aquellos casos en los que los padres trabajen a jornada completa, cuando exista un solo progenitor en las mismas circunstancias o si uno de ellos o los tutores esté a tiempo completo y el otro tenga un impedimento para atender al menor. Las mismas situaciones anteriores se valorarán con 5 puntos si es a tiempo parcial. También se tendrán en cuenta a las familias numerosas y a los padres o hijos con discapacidad, siempre que esté justificado por los Servicios Sociales.

Documentación necesaria

  • Pasaporte en caso de no tener NIE.
  • Libro de Familia completo o certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil.
  • Certificado médico fecha probable del parto, en caso de que el niño no haya nacido aún.
  • Para familias monoparentales: certificado o volante de empadronamiento colectivo, sentencia de divorcio o de separación, certificado de defunción o sentencia de relaciones paterno filiales.
  • Certificado de Servicios Sociales Municipales si necesita acreditar dificultades específicas para atender adecuadamente al niño y que hagan especialmente necesaria su escolarización.
  • Certificado de discapacidad expedido por otra Comunidad Autónoma.
  • Para aquellos trabajadores por cuenta propia no obligados a estar dados de alta en la Seguridad Social, recibo de pago bancario a Mutualidades asimiladas al Régimen Especial de Autónomos de padre y/o madre.
  • Para Regímenes Especiales de Funcionarios no incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, certificado de servicios prestados, expedido por la unidad de personal de adscripción, el servicio de pagaduría u órgano correspondiente.
  • Documentación acreditativa de la situación de acogimiento familiar.
  • Documentación acreditativa de ser perceptor de Ingreso Mínimo Vital.
  • Documentación acreditativa de la condición de víctima por violencia de género.
  • Dictamen emitido por el Equipo de Atención Temprana de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en el caso de alumnos con Necesidades Educativas Especiales mayores de tres años.