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TRIBUNALES

Madrid no deberá pagar 2,6 millones a los dueños del convento protegido cuyo derribo paralizó

La Justicia avala que la Comunidad de Madrid paralizara en 2017 el derribo de un convento en Chamberí

Vista exterior del convento de las Damas Apostólicas parcialmente derribado.

Vista exterior del convento de las Damas Apostólicas parcialmente derribado. / COMUNIDAD DE MADRID

Madrid

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado que la Comunidad de Madrid paralizara el 12 de julio de 2017 de forma cautelar el derribo del convento de las Damas Apostólicas del Paseo de la Habana de Madrid y no deberá indemnizar al propietario del inmueble, el grupo Global Alchiba S.L. que pedía que se le resarciera con 2.650.411 euros por los daños derivados de la paralización del derrumbe. La empresa planeaba levantar en el solar una residencia de estudiantes.

El edificio, construido en 1929 y protegido por la Ley 3/2013 de Patrimonio Histórico, se encuentra en la actualidad abierto en canal, semiderruido en su parte frontal, después de que se llegaran a iniciar las obras en junio de 2017 al solicitar la empresa la declaración responsable al Ayuntamiento de Madrid para poder derribar los tres edificios que se levantaban en el solar, de unos 17.000 metros cuadrados, de los cuales 5.000 son jardines. El Consistorio, entonces dirigido por Manuela Carmena, se la aprobó al estimar que no estaban protegidos.

Días después de iniciarse los trabajos, y tras la denuncia de un vecino de Chamberí, sin embargo, la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid ordenó parar el desmontaje, a lo que la empresa propietaria presentó un recurso. El 3 de noviembre de 2020 la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dictó sentencia amparando los trabajos de demolición iniciados y dictaminando que fueron legales. El argumento del juez fue que en ese momento el convento no estaba protegido por la Ley de Patrimonio Histórico y tampoco estaba catalogado como Bien de Interés Patrimonial (BIP).

“Por su tipología conventual como por los usos que ha tenido a lo largo del tiempo, es susceptible del régimen de protección previsto en la disposición transitoria primera de la Ley 3/2013 (...) las propias actuaciones llevadas a efecto por el excelentísimo Ayuntamiento de Madrid a la que hemos hecho mención en el fundamento de derecho segundo pone de manifiesto que para la referida Administración Pública el inmueble en cuestión no se estimaba merecedor de especial protección (...) no es dable es extender sine die el régimen especial de protección provisoria que contempla la Disposición transitoria primera que estamos examinando", resaltaba el TSJM.

En cualquier caso, dos años antes la sentencia, el Gobierno regional ya había declarado el conjunto religioso Bien de Interés Patrimonial el 15 de abril de 2018, por lo que no se podía tocar el edificio.

La empresa propietaria del inmueble, aun así, volvió a recurrir el 20 de diciembre de 2021 a la Justicia al considerar que la Comunidad de Madrid habría incurrido en un acto supuestamente “ilícito” del que se derivaría la responsabilidad patrimonial al haber sido anulada la orden de paralización de 2017 por el TSJM en el otro citado procedimiento.

En una nueva resolución, sin embargo, fechada el 13 de enero de 2023 y a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO DE ESPAÑA, el Alto Tribunal madrileño evita dar la razón a Global Alchiba S.L. al considerar que la medida cautelar de paralización se demostró ajustada a derecho como consecuencia de la posterior declaración del inmueble como Bien de Interés Patrimonial.

“En las circunstancias del presente caso, en definitiva, debemos estimar no antijurídicos los daños y perjuicios patrimoniales que el recurrente anuda a una actividad administrativa cuya legalidad ha sido confirmada en vía judicial, y, en su consecuencia considera la Sala que resulta procedente la desestimación del presente recurso”, concluye el TSJM.

Tras conocer la resolución, el Gobierno regional se ha felicitado por la noticia. “Es una decisión que nos congratula porque demuestra que la Comunidad de Madrid actuó correctamente en la defensa y protección del patrimonio”, ha asegurado a este periódico Elena Hernando, directora general de Patrimonio Cultural.

El conocido Noviciado de las Damas Apostólicas, que también sirvió de internado durante todo el siglo XX, tenía una impresionante fachada principal de estilo neomudéjar. El recinto, que fue adquirido en junio de 2017 por la citada empresa, contaba con una Iglesia, sala de conferencias y viviendas. Al comprarlo, estaba vacío y bastante deteriorado, ya que habían pasado casi diez años desde que las monjas que lo habitaban lo abandonaron para irse a otro edificio de la orden.

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