BECAS COMUNIDAD DE MADRID

Becas Bachillerato de la Comunidad de Madrid: cuánto dinero dan y cómo solicitarlas

Estas son las ayudas públicas que ofrece la Comunidad de Madrid a los estudiantes de Bachillerato

Becas para Bachillerato de la Comunidad de Madrid

Becas para Bachillerato de la Comunidad de Madrid / PIXABAY

Mateo Gordillo/ PS

Si vives en la Comunidad de Madrid y vas a cursar Bachillerato durante este próximo curso 2022- 2023, puedes comprobar a continuación los requisitos para solicitar la beca y la cuantía que puedes percibir.

Requisitos a cumplir para solicitar la beca de bachillerato en la Comunidad de Madrid

●    Estar matriculado o tener reserva de plaza para el curso completo en cualquiera de los dos cursos de bachillerato para el curso 2022-2023.

●    No ser alumno repetidor del curso para el que se solicite la beca.

●    No superar el límite de renta per cápita familiar de 35 913 euros.

Cuánto dinero te dan si te conceden esta beca de estudio

●    Hasta 10 000 euros: 3750 euros.

●    De 10 000,01 a 35 913 euros: 2000 euros.

●    En el caso de alumnos matriculados en segundo curso y que hayan sido beneficiarios de la beca de la Comunidad de Madrid para primer curso en el mismo centro en el curso 2021-2022, la cuantía de la beca será de 3000 euros.

Cómo solicitar la beca de bachillerato en la Comunidad de Madrid

●    Presentación telemática. Para poder presentar la Solicitud de manera telemática, se requiere disponer de DNI electrónico o de cualquier otro certificado digital reconocido y admitido en la Comunidad de Madrid. El plazo de presentación de la Solicitud comienza el día 9 de junio de 2022 y finaliza el día 29 de junio de 2022, ambos inclusive. 

●    Presentación física. Se podrá realizar mediante cita previa en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, incluidos los de las Direcciones de Área Territorial, y resto de lugares recogidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

○    Oficinas de Correos, según el reglamento que establezcan.

○    Registros de la Administración General del Estado.

○    Registros de otras Comunidades Autónomas.

○    Registros de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única.

○    Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.