FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO

El Supremo archivó en seis ocasiones denuncias por supuestas filtraciones como la que se atribuye al fiscal general por el novio de Ayuso

Manuel García Castellón, Baltasar Garzón, Javier Gómez de Liaño, Eduardo Fungairiño o Ignacio Gordillo: los jueces y fiscales que el Supremo rechazó investigar tras ser denunciados por filtraciones a la prensa como Álvaro García Ortiz

Baltasar Garzón, Álvaro García Ortiz, Manuel García Castellón, Javier Gómez de Liaño y Eduardo Fungairiño

Baltasar Garzón, Álvaro García Ortiz, Manuel García Castellón, Javier Gómez de Liaño y Eduardo Fungairiño / Nacho García del Álamo

El Tribunal Supremo, que ahora mismo investiga al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y a la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, por una presunta revelación de datos de carácter privado del empresario Alberto González Amador, novio de la presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso, no consideró necesario abrir una causa por revelación de secretos contra los jueces Manuel García Castellón, Baltasar Garzón y Javier Gómez de Liaño; pero tampoco contra el ex fiscal jefe de la Audiencia Nacional Eduardo Fungairiño y el fiscal Ignacio Gordillo después de que estos fueran denunciados por filtraciones a la prensa.

Así consta en seis autos, recabados por este periódico del alto tribunal, en los que los magistrados desestimaron abrir una investigación, incluso en los casos en los que las filtraciones a la prensa se llevaron a cabo en causas declaradas secretas.

Contra García Castellón

El último archivo de una denuncia fue la que interpuso Podemos contra el magistrado Manuel García Castellón y el entonces juez de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Joaquín Gadea.

La formación morada acusaba a ambos jueces de realizar o permitir la filtración del contenido de la declaración de dos testigos protegidos, uno de ellos el exjefe de la Inteligencia de Venezuela Hugo 'el Pollo' Carvajal, que denunciaron la presunta financiación ilegal del partido de izquierda, que no fue confirmada, lo que causó un "quebranto reputacional a Podemos", según la denuncia.

"Ni los querellados fueron las únicas personas que tuvieron acceso a la información contenida en el procedimiento, ni aparece interés alguno en ellos de que tales filtraciones se produjeran", concluyen los magistrados del Tribunal Supremo.

Se trata de un supuesto que tiene cierta similitud con lo ocurrido en el caso del correo que la defensa del empresario Alberto González Amador, novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, remitió a la dirección genérica de la sección de delitos Económicos de la Fiscalía de Madrid. Un reciente informe firmado por el teniente fiscal provincial de Madrid, José Luis García-Juanes, a petición de la Abogacía del Estado sostiene que más de 500 personas, entre fiscales y funcionarios pudieron tener acceso al email en el que el empresario reconocía la comisión de dos delitos fiscales y solicitaba un pacto con el Ministerio Público para evitar llegar a juicio.

Caso similar

Un supuesto muy similar al anterior se produjo en 2014, con la misma conclusión: el archivo de la causa. El Supremo volvió a pronunciarse sobre revelación de secretos e inadmitió una denuncia contra varios miembros del Gobierno de Navarra por una filtración a la prensa de datos de determinados contribuyentes porque "el correo electrónico, en el que se adjuntaba la carta de dimisión de la entonces directora de la Hacienda Tributaria de Navarra y en el que se hacía mención a algunos contribuyentes, se envió al equipo directivo de la Hacienda Tributaria de Navarra, por lo que cualquiera de sus miembros pudo ser autor o autora de la filtración". 

Además, la jurisprudencia es antigua al respecto; ya en 1998 el Supremo inadmitió una querella contra el entonces juez Javier Gómez de Liaño y el fiscal de la Audiencia Nacional Ignacio Gordillo, ambos actualmente ejerciendo la abogacía, en la que se incluyó posteriormente al entonces fiscal jefe, Eduardo Fungairiño. Se les acusaba de revelar secretos por la publicación en prensa de la orden de detención del investigado en una causa que había sido declarada secreta. "En un juzgado, en una fiscalía trabajan numerosas personas y la suposición o el deseo del querellante que las filtraciones son debidas al juez o al fiscal de la causa no pueden determinar ab initio la competencia de esta Sala", argumentaba entonces el alto tribunal.

El libro de Garzón

Desde la resolución de 1998, el asunto ha vuelto a la mesa del Tribunal Supremo en varias ocasiones. Así ocurrió en 2001 con ocasión de la publicación del libro de Pilar Urbano 'Garzón: el hombre que veía amanecer'. El alto tribunal, con ponencia del hoy magistrado emérito José Antonio Martín Pallín inadmitió una querella en la que el periodista de la revista abertzale Ardi Beltza acusaba al entonces juez de la Audiencia Nacional de haber filtrado a la autora "datos o acontecimientos" que suponían descubrimiento de secretos, algunos procedentes de un diario personal que le había sido incautado.

En esta resolución el Supremo advertía de la necesidad de adecuar el secreto sumarial a las exigencias constitucionales, señalando que esta restricción "no puede erigirse en un obstáculo insalvable para que uno o varios elementos de la realidad social, sean arrebatados a la libertad de información". En este sentido, el carácter secreto de las actuaciones de investigación judicial debía quedar "relativizado".

Unos años después, en 2008, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo adoptó una decisión similar con respecto a otro libro, 'La soledad del juzgador' escrito por Elisa Beni, entonces esposa del que fue presidente del juicio por los atentados del 11-M Javier Gómez Bermúdez, en el que se plasmaban sus vivencias durante la vista.

La querella había sido presentada por una mujer cuyo testimonio había permitido reabrir el caso del atentado perpetrado en 1985 en el restaurante El Descanso (Comunidad de Madrid), presuntamente cometido por el integrismo yihadista. Se rechazó al entender el Supremo que esta persona ya había sido identificada en diferentes medios periodísticos "con todo lujo de detalles, por lo que no había revelado en el libro secreto alguno. Además, a la reunión en la que se sitúa la revelación asistieron varias personas", dice el auto de archivo.

"Fuentes distintas"

En 2016, la querella, como todas archivada, por violación de secretos, procedió de Convergencia Democrática de Catalunya (CDC) quien emprendió acciones legales contra el entonces ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, y el director de la Oficina Antifraude de Catalunya, Daniel de Alfonso, entonces magistrado en excedencia. La denuncia tuvo su origen en la publicación de una grabación sobre una conversación entre ambos, en la que aludían a las pesquisas contra los líderes independentistas catalanes.

"Desde lo expuesto, resulta que la filtración pudo tener su origen en otras fuentes distintas del querellado aforado, toda vez que la información estuvo bajo el dominio de varias personas", concluye en ese auto la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.