TRIBUNALES
La Audiencia Nacional deja en libertad a las esposas de yihadistas repatriadas desde Siria
Los magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal consideran que no hay riesgo de fuga, aunque les imponen medidas cautelares mientras esperan el juicio

Archivo - Un agente de Policía Nacional camina frente a la Audiencia Nacional, a 8 de enero de 2024, en Madrid (España). La Audiencia Nacional juzga desde hoy al que fuera comisario del Aeropuerto de Madrid-Barajas Carlos Salamanca, por presuntamente fac / Diego Radamés - Europa Press - Archivo
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado la libertad provisional con medidas cautelares de las españolas Yolanda Martínez y de Luna Fernández, las dos mujeres que fueron repatriadas desde un campo de refugiados de Siria junto a sus hijos en enero de 2023 y que desde entonces se encontraban procesadas y en prisión a la espera de juicio por un delito de integración en la organización terrorista Daesh.
Tanto Yolanda como Luna llegaron a España con varios menores a su cargo – un total de 13 cuyo cuidado asumió la Comunidad de Madrid- procedentes del campo de prisioneros sirio Al Roj, en Siria en una operación en la que participaron varios ministerios. Después de su llegada a España, y una vez estudiada la situación de los niños, algunos de ellos han pasado a estar a cargo de sus abuelos.
Por lo que respecta a las mujeres, el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz su inmediato ingreso en prisión tras escuchar sus declaraciones, en las que ambas rechazaron estar integradas en la organización yihadista.
A pesar de que la Fiscalía instó su ingreso en prisión cuando llegaron a España, e informó en el mismo sentido a diferentes solicitudes de libertad presentadas por su defensa, en la vista de este lunes ha pedido que queden en libertad, con medidas cautelares, mientras esperan el juicio que se celebrará contra ellas. La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), que ejerce la acusación popular, informó en contra de la prórroga de prisión.
En sendos autos dictados al término de la vista, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado la inmediata libertad de las dos mujeres con la obligación de designar domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos, comparecencias semanales ante el juzgado, la prohibición de salida del territorio nacional y la retirada del pasaporte.
No hay riesgo de fuga
Las resoluciones consideran que procede la libertad “habida cuenta del tiempo transcurrido desde que se dictó la prisión provisional, y teniendo en consideración que las circunstancias que en su día llevaron al juez de instrucción a adoptar dicha medida han variado, no apreciándose riesgo de fuga en la actualidad en la procesada”.
El pasado mes de enero, el juez de instrucción Santiago Pedraz acordó el procesamiento de las dos mujeres por haber participado presuntamente en España en actividades en favor de la organización yihadista Daesh previamente a su desplazamiento voluntario a la zona de conflicto sirio-iraquí junto a sus maridos, aceptando el mismo destino que ellos una vez proclamado el pseuodcalifato en junio de 2014 por Abu Bakr al-Baghdadi y con plena voluntad de mantener su integración en la referida organización terrorista.
El instructor explicaba entonces que ambas se desplazaron a la zona de conflicto sirio-iraquí junto a sus maridos, con la plena voluntad de formar parte de la organización y la finalidad de poner a su disposición toda su capacidad en las funciones que la propia organización les asignara.
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