FÚTBOL

Marchena pierde el pulso con Hacienda por su despido del Villarreal

El Tribunal Supremo avala la deuda de 217.000 euros con el fisco, que considera que el campeón del mundo se aplicó de forma errónea una deducción en el IRPF

Marchena sostuvo que el Villarreal le presionó para aceptar una indemnización con la que no estaba conforme

Carlos Marchena durante un partido con el Villarreal en el Camp Nou en 2010

Carlos Marchena durante un partido con el Villarreal en el Camp Nou en 2010 / ALBERT GEA

Alberto Muñoz

Alberto Muñoz

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso del exfutbolista Carlos Marchena contra una resolución de Hacienda por la que el fisco le reclamaba más de 217.000 euros por la forma en que declaró su indemnización cuando dejó el Villarreal en 2012. En una sentencia que ha sido consultada por este periódico se explica que el Supremo ha confirmado la decisión de la Audiencia Nacional y del Tribunal Económico Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana de estimar que la extinción del contrato del campeón del mundo se produjo de forma consensuada y no unilateral por parte del club. Por lo tanto, sostienen los tres organismos, el deportista no puede aplicarse una deducción del 40% y el fisco tuvo la razón al practicarle la liquidación y la posterior sanción.

Carlos Marchena, que durante su carrera también fue jugador del Valencia, Sevilla y Benfica, entre otros, dejó el Villarreal en el verano de 2012 después de dos temporadas para poner rumbo al Deportivo de la Coruña. Según explica la documentación judicial, los amarillos indemnizaron al jugador por la resolución del contrato con 659.145,46 euros. Según la representanción legal de Marchena, pagar esa cantidad supuso un ahorro de más de 1.540.854 euros para el club 'groguet', al que acusa de haberle "presionado" para que aceptase esa cantidad, razón por la que no está de acuerdo en que la extinción del contrato fuese mutua.

En ese momento, "el club consideró tal cantidad exenta [...] y, consecuentemente, no practicó retención sobre dicho importe en el momento de su pago ni abonó a la Hacienda Pública cantidad alguna en concepto de retención". Marchena, por su parte, "presentó la autoliquidación del IRPF, ejercicio 2012, en la que consideró que el importe percibido como consecuencia de la extinción de su contrato quedaba exento de gravamen en virtud del" mismo artículo de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (LIRPF).

Intervención de Hacienda

Sin embargo, en el marco de sus inspecciones Hacienda resolvió una liquidación el 8 de julio de 2016 tras considerar la dependencia Regional de Inspección de la delegación Especial de Valencia de la Agencia Tributaria que la deducción no era conforme a derecho. Algo que han ido confirmando los distintos tribunales por los que ha pasado el caso y que ahora ha zanjado el Tribunal Supremo.

Por lo tanto, esos 217.540 euros que le reclamó Hacienda en 2016 y que ahora han sido confirmados definitivamente como ajustados a derecho se componen del acuerdo de liquidación y del expediente sancionador posterior por una "infracción tributaria por dejar de ingresar la deuda que debiera resultar de una autoliquidación", según establece el artículo 191 de la Ley General Tributaria.

Marchena, que fue campeón del mundo con la Selección Española de Fútbol en Sudáfrica en 2010, interpuso dos reclamaciones por estos dos conceptos, pero ambas fueron desestimadas en el TEAR de la Comunidad Valencia en 2020 antes de dar el salto a la justicia ordinaria.

Supuestas presiones del Villarreal

Durante el procedimiento, la representación legal de Marchena apunta a que "no es cierto" que existiese un acuerdo entre el Villarreal y el jugador antes del acto de conciliación, sino que el club ofreció antes esa misma cantidad, 660.000 euros, y fue rechazada.

Sin embargo, explican desde su defensa en la sentencia de la Audiencia Nacional consultada por este periódico, "al día siguiente de la recepción de la carta de despido [Marchena] presentó papeleta de conciliación, compareciendo el Villareal CF con los pagares extendidos con las mismas condiciones que en su momento le ofreció, pero presionando al actor, por lo que tuvo que optar por aceptar la indemnización o finalizar el acto sin avenencia e ir a la jurisdicción laboral".

Además, y a pesar de que la justicia no le ha dado la razón en ninguno de estos extremos, el jugador sostuvo también durante el proceso que el hecho de haber firmado por el Deportivo de la Coruña apenas tres días después de ese acto "afectó a su decisión que le informase tanto el Villarreal CF como su asesor de que la misma se hallaba exenta en el IRPF".