GUERRA EN UCRANIA

Orden de arresto internacional contra Putin: una medida histórica y sin precedentes

El CPI, por vez primera en su historia, aplica la doctrina que niega inmunidad a los jefes de Estado que no son parte del Estatuto de Roma, y actúa contra el presidente de un miembro permanente del Consejo de Seguridad

Una medida histórica y sin precedentes contra Putin.

Una medida histórica y sin precedentes contra Putin. / SPUTNIK

Marc Marginedas

Dmitri Medvédev, vicepresidente del Consejo de Seguridad y exprimer ministro de Rusia, es hombre de probada lealtad a Vladímir Putin: durante cuatro años, entre 2008 y 2012, ejerció el cargo de presidente vicario, calentándole la silla a su superior, para permitirle, al iniciar la década, superar la prohibición constitucional de encadenar más dos mandatos presidenciales consecutivos. Este viernes, nada más conocerse la decisión de la Corte Penal Internacional (CPI) de emitir una orden de arresto contra el líder el Kremlin por la deportación a Rusia de menores ucranianos, quiso marcar la diferencia entre la élite rusa y reaccionó en un tono especialmente burlesco a la decisión: "No hace falta explicar dónde debe ser usado ese papel", escribió en un tuit en inglés, junto a un emoticono de papel higiénico, fórmula escatológica de recordar que la Federación Rusa no forma parte del Estatuto de Roma, el instrumento legal constitutivo del tribunal y no reconoce su jurisdicción. Su opinión, sin embargo, se da de bruces con el parecer de expertos en Derecho Internacional Público, quienes destacan que el tribunal, con esta medida, está sentando importantes precedentes legales, además de imponer, a la larga, incertidumbres y restricciones nada despreciables al líder del Kremlin a la hora de emprender un viaje al extranjero.

Raquel Regueiro Dubra, profesora de Derecho Internacional Público en la Universidad Complutense de Madrid, explica, en un mensaje dirigido a El Periódico de Catalunya, del grupo Prensa Ibérica, que con la orden de arresto, la CPI aplica, "por vez primera en su historia", dos doctrinas. "En primer lugar niega inmunidad de jurisdicción a los jefes de Estado o de gobierno de Estados que no son parte del Estatuto de Roma", y lo hace, no impelida por el Consejo de Seguridad, sino a petición de "43 estados partes del estatuto, que remitieron el caso al tribunal". Además, por vez primera, es emitida "una orden de arresto contra un jefe de Estado o de Gobierno de uno de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad", lo que suscita en esta académica la curiosidad de ver "cuál va a ser la reacción de los otros cuatro países, en particular EEUU y China, que tampoco son parte del Estatuto". Francia y el Reino Unido, por el contrario, "son miembros fundadores de la CPI".

Limitaciones de la CPI

Regueiro Dubra reconoce que la CPI "carece de de fuerzas del orden propias", con lo que "depende de la actuación de los Estados para la ejecución de la orden". Sobre el papel, "todos los estados miembros del CPI tienen la obligación de arrestar a Putin y extraditarlo", continúa. Sin embargo, lo sucedido "con la orden de arresto contra el expresidente de presidente de Sudán Omar el Beshir muestra las dificultades de ejecutarla", en particular en los estados del denominado "Sur global, que tienden a rechazar la idea de que no existe inmunidad de jurisdicción para jefes de Estado y de Gobierno que no son parte del Estatuto de Roma". En resumen, recapitula la profesora Regueiro: "Putin está a salvo en Rusia, en cualquier Estado que no haya ratificado el Estatuto de Roma", así como en estados que cumplen "de forma estricta el principio de inmunidad del Estado".

Los delitos, eso sí, no son nada desdeñables de acuerdo con el derecho internacional, y sin algún día el presidente Putin o en su defecto Maria Lvova-Belova, la comisaria rusa para los Derechos de la Infancia, también incluida en la orden de detención, se sientan en el banquillo de los acusados, podrían ser condenados a largas penas de cárcel. Se trata de actos "constitutivos de crímenes de guerra, y pasibles de penas privativas de libertad de un número determinado de años, con un máximo de 30 años", informa la profesora de la universidad madrileña.

"En casos de extrema gravedad", el acusado puede ser condenado incluso a "reclusión a perpetuidad", prosigue. En el aspecto económico del delito, "el Tribunal podrá imponer una multa y ordenar el decomiso del producto, de los bienes y de los haberes que proceden, directa o indirectamente, del crimen", concluye Regueiro Dubra.