VIOLENCIA DE GÉNERO

Un juez de Vigo concede una incapacidad absoluta a una mujer por violencia de género

El fallo, ratificado ahora por el TSXG, sostiene que además de dolencias médicas, padece trastorno de ansiedad por los malos tratos "de su padre", luego "del padre de sus hijos" y también de su posterior pareja sentimental

Una manifestación contra la violencia de género en Vigo.

Una manifestación contra la violencia de género en Vigo. / MARTA G. BREA

Elena Villanueva

Artrosis, asma, pérdida auditiva, fibromialgia... Este es parte del cuadro clínico que presenta una trabajadora de 38 años –operaria en una empresa de automoción– por el cual el Juzgado de lo Social nº 1 de Vigo declaró en situación de incapacidad permanente absoluta, si bien una de las razones que ponderó el magistrado para la concesión de esta prestación fue el trastorno de ansiedad generalizado que padece a consecuencia de los malos tratos que ha sufrido la mujer a lo largo de toda su vida, víctima primero de su padre “hacia ella y hacia su madre”, luego “por el padre de sus hijos” y también por su posterior pareja sentimental “de la que tiene una orden de alejamiento”.

La demandante se encuentra a tratamiento psiquiátrico y ha tenido que autorizar al padre de sus dos hijos para que se haga cargo de los menores, dos mellizos de 11 años, “al no poder cuidarlos ella” pese a contar con la ayuda de su madre y una vecina.

De total a absoluto

El fallo, que acaba de ser ratificado este mismo mes por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia”, estima la demanda presentada por la mujer en 2021 para solicitar la incapacidad permanente absoluta ante la Seguridad Social (INSS) al serle declarada dicha incapacidad en grado total solo para su profesión habitual, en este caso la de operaria en una empresa de automoción. El juez entiende que las dolencias que padece la demandante no le permiten realizar trabajo alguno al presentar, según informes médicos “aspecto triste, labilidad emocional importante” e “ideación autolítica cada vez más elaborada”.

Dicha resolución fue recurrida en suplicación por el INSS alegando que las lesiones que padece la mujer “no le incapacitan de modo permanente y absoluto para todo tipo de trabajos”, reiterando que su correcta valoración sería una incapacidad permanente total para su profesión y no absoluta.

Trastorno de ansiedad por malos tratos

El TSXG, en su sentencia del 5 de mayo, no solo desestima el recurso sino que insiste en que “además” de las dolencias artrósicas y fibromialgia en estado avanzado, la mujer padece un “trastorno de ansiedad generalizado secundario a problemas con sus parejas y violencia de género, malos tratos de su padre hacia ella y su madre, y luego del padre de sus hijos y posteriormente de su pareja sentimental”.

Añade el Alto Tribunal gallego que este trastorno le ha provocado “ansiedad, depresión e ideación autolítica cada vez más estructurada que la ha llevado a renunciar de forma temporal al cuidado de sus hijos en favor del padre por no verse en condiciones de poder cuidarlos ella”.

Sin posibilidad de vida laboral

La mujer presenta también “miedo a salir de casa” y pese al tratamiento psiquiátrico “la evolución no es favorable”. Por ello, el TSXG entiende que, en su estado, no puede desarrollar una vida laboral en ningún tipo de trabajo y le concede una pensión vitalicia mensual.