CONCILIACIÓN

Preocupación en la abogacía: el Congreso no mueve ficha para la suspensión de juicios por nacimiento

Hay dos iniciativas en el cajón para respetar los permisos de maternidad y paternidad de abogadas y abogados

Representación de la alegoría de la justicia.

Representación de la alegoría de la justicia. / Imagen de archivo / Pixabay

La conciliación de abogadas y abogados y el respeto a su derecho a disfrutar de los permisos por nacimiento y adopción es, bien entrada la tercera década del siglo XXI, un asunto pendiente. Los intentos legislativos para alcanzar este objetivo permanecen paralizados en el Congreso de los Diputados y a la abogacía le preocupa que queden en agua de borrajas una vez más.

Desde 2007, la ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres obliga a a los poderes públicos a actuar para proteger la maternidad y "con especial atención a la asunción por la sociedad de los efectos derivados del embarazo, el parto y la lactancia". Aunque la Ley de Enjuiciamiento Civil ya contempla los permisos de maternidad y paternidad como causa para la suspensión de las vistas judiciales, no hay paralelismo en los procedimientos penales, donde esta suspensión queda al arbitrio del juez.

La cuestión es tan necesaria que no hay una sino dos iniciativas en el Congreso de los Diputados para solventar este agravio. Una de ellas partió del Gobierno (dentro del proyecto de ley sobre medidas de eficiencia procesal del servicio público de justicia) y otra fue impulsada como proposición de ley por ERC y Bildu en el Senado.

Ambas se encuentran ya en la Cámara Baja, aunque en una fase muy embrionaria: sigue abierto el plazo de enmiendas para que los grupos parlamentarios hagan sus aportaciones (ampliado en diez ocasiones para el proyecto de ley de eficiencia procesal y en más de 40 para la proposición, que lleva esperando su momento desde septiembre del año pasado). El tiempo pasa, a la legislatura sólo le restan 16 meses.

Preocupación

Parece que el proyecto del Gobierno es la vía más adecuada para lograr el objetivo. Pero su paralización preocupa a los abogados y las abogadas, según ha manifestado a EL PERIÓDICO DE ESPAÑA Marga Cerro, de la Comisión de Igualdad del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), que es el órgano que reúne a todos los colegios de España. Temen efectivamente que, de no salir adelante la ley en lo que queda de año, el proyecto decaiga con la legislatura y la posibilidad de reformar este asunto se vea frustrada.

A juicio de Cerro, el cambio es aceptado por todos los grupos políticos y la ley de eficiencia parece ser una norma "pacífica" que no tiene por qué retrasarse. Pero si no sale adelante ahora, deberán retomar las negociaciones con los futuros responsables de Justicia para que el tema no caiga en el olvido. "Es una ley necesaria, el trabajo está hecho, hay que darle vida", aduce.

La inclusión de los nuevos supuestos de suspensión de juicios en la Ley de Eficiencia, según Cerro, supondría un gran paso para la conciliación. "Además, equilibra muy bien el derecho a la tutela judicial efectiva y el acceso a la justicia de la ciudadanía con nuestro derecho a conciliar, que no confrontan y que ambos están salvaguardados", añade.

Eficiencia procesal: un matiz dentro de una ley más grande

El proyecto, que aspira a agilizar los trámites judiciales, incluye aspectos como el impulso de la mediación, las vistas telemáticas o las sentencias orales.

En lo relativo al respeto a los permisos de maternidad y paternidad y a la conciliación de abogadas y abogados, recurre a la modificación del artículo 746 de la Lecrim y otros nueve artículos de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

"Las personas profesionales de la abogacía, la procura y los graduados y graduadas sociales aspiran a la regulación de otra serie de medidas que permitan una mayor conciliación de la vida personal y familiar con su desempeño profesional ante los tribunales de justicia, largamente demandadas por sus Colegios y Consejos profesionales, así como la regulación de la baja por nacimiento y cuidado de menor como causa de suspensión del curso de los autos y no solo de las vistas u otros señalamientos", indica el proyecto en su exposición de motivos.

En efecto, se quiere introducir una modificación en la ley de enjuiciamiento civil que permita a abogados y abogadas que estén de permiso por nacimiento o adopción solicitar la suspensión del procedimiento judicial "y, por tanto, de todos los actos y plazos procesales en curso, para el período coincidente con el descanso laboral obligatorio establecido según la legislación laboral y de seguridad social". Y habrá que respetar en la fecha del nuevo señalamiento el período de baja obligatoria de la persona que esté de permiso.

Enfermedad de familiares

La reforma no sólo afecta a los permisos de maternidad y paternidad, sino a otros aspectos familiares que redundan igualmente en la conciliación para los profesionales de la abogacía. Así, el proyecto incluye la declaración de inhábiles a efectos procesales del 24 de diciembre al 6 de enero, ambos inclusive; así como la suspensión de los juicios por enfermedad grave y accidente, fallecimiento de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad o baja laboral.

Cerro teme que, al paso que lleva la tramitación de la norma, el permiso navideño que esperaban los abogados no va a estar vigente este próximo diciembre, y reclaman además que se incluyan supuestos de enfermedad de los propios letrados. Así se lo comunicaron al Congreso el pasado mes de mayo en un trámite de enmiendas, con el fin de que la baja sea similar a la que se establece en la legislación laboral, pero desde que realizaron esta petición no han vuelto a tener noticias del estado de los trámites parlamentarios.

La letrada apunta que la Comisión de Igualdad de la que forma parte viene recibiendo de forma reiterada las quejas de sus compañeras y compañeros sobre sobre los nacimientos, puesto que la decisión final sobre si la vista se suspende o no tras el parto de la letrada corresponde únicamente al juez o tribunal encargados del caso, algo que consideran totalmente arbitrario. Lo que hacen desde allí es canalizar estas quejas y actuar en nombre de aquellos que quieran para formalizar reclamaciones sobre sus casos particulares ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ); y si es posible se acude a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Falta de sensibilidad del CGPJ

Sin embargo, desde el órgano de gobierno de los jueces se limitan a contestar que no existe instrumento legal para actuar contra los jueces que se oponen a conceder estas suspensiones. El CGPJ argumenta que no se puede hacer nada desde el punto de vista disciplinario por tratarse de decisiones de carácter jurisdiccional.

Para Cerro, este tipo de respuesta denota una "total falta de sensibilidad" del Consejo, a lo que hay que añadir el incumplimiento de normativa europea e incluso de la Ley de Igualdad, que en su artículo 14.7 establece como criterio de actuación de los poderes públicos la protección de la maternidad y la asunción social de los efectos de parto.

 Apunta también que los abogados, al igual que procuradores y otros operadores jurídicos, carecen de unas bajas por maternidad y paternidad que sí disfrutan jueces y fiscales, puesto que el asunto está regulado por ley orgánica y reglamento para el caso de los primeros y en el Estatuto Fiscal para los miembros del Ministerio Público.

En su informe sobre el Anteproyecto, que data de julio del pasado año, el CGPJ señaló que las modificaciones que son necesarias en varias leyes para añadir las nuevas causas de suspensión de los juicios "deben ser acogidas favorablemente". En dicha ocasión sólo realizó una puntualización de carácter técnico, relativa a la redundancia que introduce la propuesta en un artículo en el que se estiman plazos de procuradores para causas de fuerza mayor.

Propuesta de reforma de la Lecrim

Además del proyecto de ley de eficiencia procesal, el Congreso tiene una segunda vía para permitir la suspensión de los juicios por baja de maternidad o paternidad: se trata de una proposición que impulsó el Senado, muy sencilla y diseñada ex profeso para la cuestión de la suspensión de los juicios. Consiste únicamente en la modificación de un artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal "para incorporar la maternidad y paternidad entre las causas de suspensión del juicio oral".

La propuesta pretende ampliar el artículo 764 de la Lecrim para incluir las bajas de paternidad y maternidad como causa para la suspensión del juicio oral en los procedimientos penales.

"El hecho que la maternidad y la paternidad no aparezcan como una de las causas que se establecen en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la suspensión de juicios provoca en no pocas ocasiones la denegación de dicha suspensión", se reconoce en la exposición de motivos.