VIOLENCIA SEXUAL

Sin pulseras telemáticas para controlar a los agresores sexuales

El uso de dispositivos de control de alejamiento está restringido a casos de violencia de género en la pareja o la expareja

Un recluso en tercer grado con control telemático.

Un recluso en tercer grado con control telemático. / ARCHIVO

Violeta Molina Gallardo

Violeta Molina Gallardo

Las pulseras de control telemático son una herramienta eficaz para impedir que los maltratadores quebranten las órdenes de alejamiento y se acerquen a las víctimas de violencia de género. En la actualidad hay más de 2.600 agresores controlados por estos dispositivos de geolocalización, pero no pueden utilizarse en casos de violencia sexual fuera del ámbito de la pareja, lo que da lugar a "disfunciones" y deja a algunas mujeres en una grave situación de riesgo.

El Código Penal permite a la justicia decretar el uso de los brazaletes telemáticos para controlar la medida de alejamiento cuando sea necesario; sin embargo, un protocolo de 2013 restringe su implantación a los casos de violencia de género, como la define la ley de 2004: la ejercida por la pareja o la expareja de una mujer. La ley del sólo sí es sí está llamada a solucionar este problema.

"Una práctica incomprensible e injustificada"

Ha sido la Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE) la que ha llamado la atención sobre cómo "se viene limitando el uso de estos brazaletes localizadores a los casos estrictos de violencia de género regulados por la ley orgánica 1/2004 y negándose de manera absolutamente injusta a las víctimas de violencia sexual, algunas de las cuales corren exactamente el mismo peligro que cualquier víctima de violencia de género".

La AMJE ha solicitado que la ley orgánica de garantía integral de la libertad sexual, que actualmente se tramita en el Congreso de los Diputados, supere "esta práctica incomprensible e injustificada" que deja coja la protección real de estas víctimas.

Esta asociación de juezas alertó ante la Comisión de Igualdad de la Cámara Baja de que el Protocolo de actuación del sistema de seguimiento por medios telemáticos del cumplimiento de las medidas y penas de alejamiento en materia de violencia de género, que regula la implantación de estas pulseras, se traduce en la "imposibilidad de facto" de establecer seguimiento a través de estos positivos de las penas y medidas cautelares de alejamiento en casos de violencia sexual.

La Fiscal de Sala delegada de Violencia sobre la Mujer, Teresa Peramato, explica a EL PERIÓDICO DE ESPAÑA que el protocolo vigente no prevé el uso de estos dispositivos para otras situaciones de violencia machista como puedan ser las agresiones sexuales ni para casos de violencia doméstica. Tampoco, en violencia de género, para situaciones de libertad vigilada.

A pesar de ello, se producen peticiones de algunos órganos judiciales, juzgados de lo penal y audiencias provinciales, pero la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género -institución competente en el seguimiento telemático- no puede aprobarlo porque quedan fuera del protocolo vigente. Este periódico ha consultado a la Delegación sobre esta realidad, pero no ha obtenido respuesta.

Peramato reconoce que en alguna ocasión se ha hecho una excepción ante un supuesto de gravísimo riesgo, por ser la víctima una niña o pertenecer el agresor al entorno próximo, pero la regla general es que no se puede acceder a ellos. "Esta reclamación se lleva haciendo mucho tiempo", destaca la fiscal.

Denegación sistemática

Fuentes del Consejo General del Poder Judicial precisan a este diario que está pendiente una ampliación del protocolo de los dispositivos en este sentido y que el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del CGPJ ha recibido "alguna queja porque la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género ha denegado la pulsera por no estar esta posibilidad en el protocolo".

Ahora bien, desde el órgano de gobierno de los jueces aseveran que "si un juez ordena colocar el dispositivo, hay que ponerlo": "El juez tiene autoridad y si lo considera necesario, puede ordenar que se ponga. Negarse a cumplir un mandato judicial puede ser delito de desobediencia", destacan esas fuentes.

Precisamente, el artículo 48 del Código Penal permite al juez decretar que se controle la prohibición de aproximación a una víctima mediante medios electrónicos, sin delimitar esta medida a los casos de violencia en el ámbito de la pareja o la expareja.

Pero por un "juego extraño" entre el CP y el protocolo diseñado para la utilización de los dispositivos "se ha venido denegando la implantación" en los casos de violencia sexual. La AMJE habla de "peticiones sangrantes" de víctimas de delitos sexuales en situaciones de gran riesgo que obtuvieron una negativa. Mujeres Juezas indica que las denegaciones son sistemáticas. Esto tiene como consecuencia que o bien se dejan las medidas de alejamiento cojas por la falta de seguimiento o bien obliga a los jueces a decretar una prisión preventiva para garantizar la seguridad de las víctimas en riesgo.

Un mecanismo extraordinariamente efectivo

La socia fundadora de AMJE Zita Hernández destaca que los dispositivos telemáticos evitan precisamente recurrir a medidas más gravosas como la prisión y son particularmente necesarios en casos muy graves de violencia sexual o con agresores reincidentes.

Como indica el Protocolo de actuación del sistema de seguimiento por medios telemáticos del cumplimiento de las medidas y penas de alejamiento en materia de violencia de género, el objetivo de estas pulseras es "mejorar la seguridad y protección de las víctimas y generar confianza para poder abordar su recuperación", ya que permiten verificar el cumplimiento de las medidas cautelares y penas de alejamiento impuestas en los procedimientos de violencia de género. Disuaden al agresor y documentan posibles quebrantamientos de las medidas. Tanto víctima como agresor llevan estos dispositivos, que alertan cuando el hombre se acerca a la mujer.

Son mecanismos "extraordinariamente efectivos", insiste Peramato. Ningún agresor controlado por la pulsera ha perpetrado un feminicidio.

"Sabemos que en violencia sexual la mayor parte de los supuestos tienen como agresores a personas muy próximas del entorno de las víctimas y aquellas ocasiones en las que no se dicte prisión provisional, las pulseras pueden ser un instrumento muy eficaz para protegerlas. (...) Las administraciones deberían poner toda la carne en el asador para hacerlo posible", asevera la fiscal Peramato.

Un cambio en la ley del sólo sí es sí

Esta limitación a la hora de dictar la implantación del dispositivo, sin embargo, podría cambiar en un corto plazo de tiempo gracias a la ley de garantía integral de la libertad sexual, que se tramita actualmente en el Congreso de los Diputados.

El proyecto de ley del Gobierno no incluía la medida del control telemático del cumplimiento de la prohibición de aproximación en delitos sexuales, pero varios grupos parlamentarios han recogido la petición de las juristas y han presentado enmiendas para subsanar esta situación.

En concreto, PSOE, Unidas Podemos, Cs y ERC han solicitado que la futura ley contemple la posibilidad de implantar las pulseras telemáticas a agresores sexuales cuando un juez así lo dictamine para asegurar el cumplimiento de penas o de medidas cautelares de alejamiento de las víctimas. La enmienda saldrá previsiblemente adelante.

Pide ayuda

El 016 atiende a las víctimas de todas las violencias contra las mujeres. Es un teléfono gratuito y confidencial que presta servicio en 53 idiomas y no deja rastro en la factura. También se ofrece información a través del correo electrónico 016-online@igualdad.gob.es y asesoramiento y atención psicosocial mediante el número de Whatsapp 600 000 016. Además, los menores pueden dirigirse al teléfono de ANAR 900202010Todos los recursos contra la violencia de género.