GALICIA

Compra por 500 euros un barco incautado y un juzgado obliga a la Xunta a dárselo o a pagarle 16.700 euros

La Consellería do Mar entregó la embarcación a la cofradía de A Pobra, pero ahora tendrá que devolvérsela a su nuevo dueño o abonarle su valor

Compra por 500 euros un barco incautado y un juzgado obliga a la Xunta a dárselo o a pagarle 16.700 euros.

Compra por 500 euros un barco incautado y un juzgado obliga a la Xunta a dárselo o a pagarle 16.700 euros.

Alberto Leyenda

Una inversión a la altura del broker más sagaz de Wall Street.

Es lo que ha logrado un hombre que compró por 500 euros una embarcación de la que la Consejería do Mar se había incautado años atrás. Ahora, un juez de

Vigo

le ha dado la razón y ha obligado a la Xunta a entregarle la lancha o, de no ser posible, abonarle su precio, estimado en 16.713,54 euros.

Se trata de uno de esos casos que permiten observar lo intrincado de los procedimientos administrativos, y cómo los ciudadanos pueden aprovechar sus resquicios y pliegues. Aunque la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo tiene fecha del 31 de enero de este año, la historia comienza mucho tiempo atrás, en 1998. Fue ese año cuando el propietario de la embarcación recibió su primera sanción, por tener 105 nasas de nécora caladas sin licencia. Aquel primer castigo fue solo una multa económica.

Pero en diciembre de 2007, el marinero volvió a encontrarse, en la zona de Meloxo, en O Grove, con el Servizo de Gardacostas. Los agentes comprobaron que la embarcación, de nuevo con nasas de nécora, carecía de cualquier tipo de documentación, de modo que la Delegación Territorial decidió que se almacene la nave en Vilaxoán hasta que se presenten los papeles pertinentes. Eso nunca ocurrirá, pero tampoco la Xunta incoó en ese momento expediente sancionador. Y esa es la clave de la resolución judicial.

Expediente y entrega a la cofradía

Cinco años después, ya en 2012, la jefa de Coordinación del Área do Mar de la Consejería comunica al hombre que, ahora sí, se había tramitado el expediente en la que consta la incautación de la lancha, que en esos momentos se encontraba custodiada por el Servicio de Guardacostas.

El marinero podía, en ese momento, haber recuperado el barco, pero no movió un dedo, al menos no administrativamente. Así que, a los seis meses, tal y como marca la ley, se presumió su abandono, de forma que la consejería podía proceder a subastarla, a entregarla a una entidad sin ánimo de lucro o a destruirla. Esa resolución no fue notificada al hombre al dueño.

El caso salta en este momento nueve años, hasta 2021, cuando se desencadenan los acontecimientos que, finalmente, acabaron en el juzgado de Vigo. En febrero, la Xunta resuelve la entrega de la embarcación a la cofradía de pescadores de A Pobra do Caramiñal. Meses después, en junio, el hombre al que se le incautó se la vendía a otra persona por 500 euros.

En el precio se incluía un motor de 50 c. v. de potencia y cuatro tiempos y también el derecho de reclamar ante la Xunta su devolución. Por la vía administrativa, el Gobierno gallego le negó la propiedad, así que acudió a los tribunales.

El juez Luis Ángel Fernández Barrio le ha dado la razón y considera que el vendedor era, en efecto, el legítimo dueño del bien. Basa su sentencia en dos aspectos ya apuntados. Primero, que después de que los agentes se incautasen de la lancha no se llegó a tramitar expediente sancionador alguno. Segundo, que pasados cinco años, cuando sí se realizó, no se llegó a notificar al propietario la decisión de darla por abandonada. La sentencia impone también el pago de las costas a la Xunta.