LA OPINIÓN DE MURCIA
Peluches, barcos de papel y empatía: así cuidan los juzgados de la Región de Murcia a los niños que van a declarar
Murcia fue pionera en poner en marcha un sistema amigable y respetuoso con el interés de lo menores, a fin de evitar revictimizaciones para aquellos que hayan sufrido un delito
Este sistema, en el que se implican jueces y psicólogos forenses, pasa por adaptar espacios y emociones

Instalaciones amables en el Palacio de Justicia de Murcia para niños y adolescentes que acuden al tribunal. / Israel Sánchez
Ponerse delante de un juez, ya sea como acusado, testigo o víctima, no es un trago agradable, menos aún para una persona menor de edad. A fin de que la visita a los juzgados no suponga para los niños una experiencia traumática, los responsables de la Administración de Justicia en Murcia fueron pioneros, hace más de una década, con la apertura de la primera Sala de Justicia Amigable de España. Ahora, un equipo de trabajadores y trabajadoras sociales se deja la piel para que estos chiquillos no sufran una revictimización (si es que ya han sufrido un delito y han de hablar de ello) ni tengan que ser sometidos a interrogatorios repetitivos, también en procesos de divorcio de sus padres. El objetivo, subrayan fuentes judiciales, es garantizar su seguridad, privacidad y, por supuesto, bienestar.
Rafael Romero del Pozo, magistrado del Juzgado de Menores Nº1 de Murcia, hace hincapié en que "el objetivo que todos los operadores buscamos es una justicia cercana, accesible, que vela por nuestros menores; ya sean víctimas, evitando una segunda victimización; ya sean acusados, haciéndoles conscientes de sus actos y responsabilidades".
Por su parte, Virginia Bombín, magistrada del Juzgado de Instrucción Nº 2 de Murcia, remarca que, por ley, "prima el interés superior del menor, de tal forma que debemos garantizarlo con todas las herramientas que, a día de hoy, tenemos a nuestra disposición".
El juez de Menores Rafael Romero subraya que el objetivo es "evitar una segunda victimización"
La jueza, que durante casi dos décadas ha estado especializada en violencia de género, insiste en que, además de adaptar los espacios físicos, "debemos garantizar" que los menores "puedan estar asistidos de una persona adulta de su elección, que tengan apoyo emocional en las actuaciones judiciales, que puedan estar asistidos por un psicólogo de la oficina de atención a la víctima o que se les nombre un defensor judicial, en el caso de intereses contrapuestos".
"Es fundamental también, que se respete el derecho del menor a ser oído, con independencia de su edad biológica, valorando su madurez, utilizando siempre un lenguaje adaptado a su edad", indica.
Un entorno extraño
Otro magistrado, Miguel Rivera, pone el acento en que "generalmente, el contacto de cualquier ciudadano con la Administración de Justicia es desagradable: es un entorno extraño y hostil, y los motivos por los que se entra en contacto no suelen ser deseados". "Los inconvenientes son mayores cuando se trata de personas menores de edad y, especialmente, en el caso de que hayan sido testigos o víctimas de un delito", asevera.
Paredes verdes y letras de colores
Un "entorno de confianza" donde se puede desde declarar por videoconferencia hasta directamente hacer la prueba preconstituida (esto es, que el testimonio del menor se graba y ya sirve en el juicio, no tiene que repetirlo en sala). La Región de Murcia fue pionera, hace más de una década, en cuidar a sus niños y adolescentes que se ven obligados a pasar por los juzgados.
Y es que la primera Sala de Justicia Amigable en la Administración de Justicia española se implementó en Murcia, como proyecto piloto. El entonces ministro de Justicia, Ruiz-Gallardón, anunció en noviembre de 2013 el inicio de las obras, con una previsión de finalización en marzo de 2014 y entrada en funcionamiento en el segundo semestre de ese año. El lugar lo inauguró otro ministro, Catalá.
Este espacio, de paredes verdes y letras de colores, fue diseñado para que psicólogos y trabajadores sociales que integran la Unidad de Valoración Forense y los Equipos Técnicos pudieran trabajar con menores, permitiendo su declaración judicial en, eso, un entorno de confianza.
Los temas de Familia (menores envueltos en un divorcio contencioso, por ejemplo) se llevan la palma a la hora de activar los mecanismos para cuidar a los niños que han de pasar por el juzgado.
Custodias y también casos de violencia de género y violencia sexual, maltrato infantil y abuso o explotación infantil. Los niños se convierten en testigos clave y, a la vez, son vulnerables.
María Martínez Ángel, psicóloga forense del Instituto de Medicina Legal de Murcia, recalca que "lo principal, para tratar que un niño se sienta cómodo dentro de un procedimiento judicial es mostrar cercanía". "Nuestra labor como psicólogos empieza por presentarnos, explicar en qué consiste nuestro trabajo y en que va a consistir la evaluación o prueba en cuestión y situar al menor, siempre mostrándonos disponibles para solventar cualquier duda que tenga, estando próximos", dice.
Generar confianza
La clave, "crear empatía para que se comunique con más fluidez", puesto que "necesitamos generar confianza en el menor para iniciar cualquier intervención", significa la experta.
Los psicólogos forenses de la Región se ocupan de hacer "las pruebas preconstituidas, en las que el testimonio del menor se graba en soporte audiovisual consiguiendo así que no tenga que volver a declarar o volver a intervenir en el procedimiento judicial". "Somos los psicólogos los que directamente entrevistamos al niño, realizando las preguntas en un lenguaje cercano y adaptado a la edad, y en la Sala Amigable, para garantizar que el niño, niña o adolescente se sienta lo más cómodo posible", reseña.
Tienen en cuenta que la madurez que presenta un menor puede no corresponderse con lo esperable para su edad cronológica
Recientemente, tras una prueba preconstituida con una menor, "la sentencia que declaró probado que la niña había estado sufriendo agresiones sexuales continuadas por parte de su tío paterno y lo condenó", comenta María Martínez Ángel, que añade que entonces "se recibió la denuncia de otras dos sobrinas menores que contaron su historia después de sentirse protegidas, estando el condenado en prisión".
"En los casos de familia, los juzgados también nos pueden solicitar, por ejemplo, la evaluación de las habilidades parentales de cada progenitor para determinar si es más conveniente para los hijos que la custodia sea compartida, materna o paterna, o apuntar qué régimen de visitas sería el más adecuado con el progenitor no custodio", especifica.
A partir de los 8 años
¿A partir de qué edad puede ser llamado un menor como testigo en un proceso? "En los casos de Familia, donde realizamos informes sobre regímenes de custodia y visitas, solemos citar a los menores a partir de 8 años", apunta la psicóloga forense, que incide en que "tanto en estos casos, como en el de aquellos que son víctimas de violencia, debemos tener en cuenta que la madurez que presenta un menor puede no corresponderse con lo esperable para su edad cronológica".
"Por eso, realizamos un análisis de credibilidad del testimonio, en el que revisamos el contenido de dicho relato, apoyándonos en criterios técnicos, determinando la validez de este teniendo en cuenta todos los aspectos que rodean al caso".
"No es lo mismo un niño que acude al juzgado como víctima de una agresión sexual continuada en el tiempo en la que el acusado es un familiar o forma parte de su entorno de confianza, donde la vulnerabilidad y sentimiento de desprotección se ve aumentada; que el de un menor que ha sido agredido por un desconocido, por ejemplo", precisa.
También se cuida al menor infractor
El Instituto de Medicina Legal cuenta con un Equipo Técnico especializado de los Juzgados de Menores: son cuatro unidades, con un psicólogo, un trabajador social y un educador cada una. Estos expertos asisten en la evaluación y orientación de menores infractores involucrados en procedimientos judiciales. Esto es, de menores sospechosos. Presuntos delincuentes.
Aportan informes y asesoramiento al juez sobre la situación personal, familiar y social del menor, facilitando la adopción de medidas adecuadas para su reeducación y reinserción.
Cuando un menor es condenado por un delito, la ley establece medidas socioeducativas, no penas, priorizando siempre la reeducación y reinserción: le puede ‘caer’ desde libertad vigilada a prestaciones en beneficio de la comunidad, pasando por internamiento en centros específicos o tratamiento terapéutico.
La condena más restrictiva es internamiento en régimen cerrado. Ocurre es casos especialmente graves, como el de los violadores menores de edad de Joven Futura que agredieron a dos chicas de 14 y 15 años en 2022.
Las medidas dependen no solo de la gravedad del delito, sino de la edad del menor en el momento del hecho y sus circunstancias personales y sociales. Cabe recordar que, si el delito lo comete un niño que no ha cumplido los 14, es inimputable.
La ley permite la suspensión de medidas si el adolescente demuestra un progreso en su proceso de reinserción.
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