ESTATUTO DEL EXPRESIDENTE

Ayuso regulará la figura del expresidente de la Comunidad de Madrid: 80% del sueldo, dos asistentes y conductor

El proyecto de decreto de Estatuto excluye el reconocimiento de pensiones de jubilación

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. / José Jacome - EFE

Víctor Rodríguez

Víctor Rodríguez

Madrid

La Comunidad de Madrid regulará la figura del expresidente. El Gobierno de Isabel Díaz Ayuso ha comunicado hoy que inicia la tramitación del Estatuto para establecer el tratamiento y las condiciones económicas que regirán a partir de su aprobación para las personas que hayan desempeñado el máximo cargo de la administración autonómica. Se abre ahora el trámite de información pública en el Portal de Transparencia para recabar opiniones y sugerencias de ciudadanos y entidades del proyecto de decreto, cuya aprobación está prevista para los próximos meses.

Entre las medidas más destacadas, el proyecto de decreto fija la retribución que se contempla para los expresidentes. La cuantía se fija en un 80% del sueldo cobrado como presidente, la misma que se reconoce para el presidente del Gobierno, durante un periodo igual al que se desempeñara el cargo y con una duración máxima de 24 meses. Además, se establece su derecho a contar con la ayuda de dos personas para el desarrollo de sus actividades institucionales además de un servicio de coche con conductor. A diferencia de lo que ocurre en otras comunidades autónomas, el futuro Estatuto no reconocerá pensiones de jubilación.

Esas medidas se aplicarán solo a quienes hayan ejercido el cargo a partir de que el Estatuto sea aprobado, lo que el Gobierno regional espera que ocurra en los próximos meses. Sí que se aplicará a todos los expresidentes autonómicos el tratamiento de "excelentísimo señor" o "excelentísima señora", que ocuparán en los actos el lugar protocolario siguiente a los miembros del Gobierno de la Comunidad.

Solo dos comunidades sin estatuto

Madrid es en la actualidad la única comunidad autónoma, junto a Cantabria, que no cuenta con Estatuto del expresidente. Desde el Gobierno regional se insiste en que su proyecto es especialmente austero en comparación con los estatutos de otras comunidades.

El cobro de una prestación económica del 80% del sueldo se justifica en la limitación que impone al ejercicio de actividades privadas durante dos años la Ley de Incompatibilidades de Altos Cargos. Dicho cobro se limita al tiempo que se ejerciera el cargo, con un máximo previsto de 24 meses. La percepción de esta compensación impedirá ejercer actividad pública o privada retribuida así como percibir pensiones, o dietas por asistencia a órganos colegiados o de administración de organismos públicos o privados.

También se limita en el tiempo el derecho a usar medios materiales de la Comunidad para el desempeño de funciones institucionales, incluidas dos personas para asistirles y coche con conductor: cuando hubieran ocupado el cargo durante un mínimo de dos años podrá acceder a ello durante los dos años posteriores a su cese; en el caso de haber sido presidente durante cuatro años o más, el plazo se amplía a cuatro años.

La futura norma contempla, igualmente, la participación de los expresidentes en la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid. Se reconoce su derecho a ser vocal electivo de este órgano consultivo, también a quienes fueran máximos mandatarios de la región antes de que se apruebe el Estatuto, durante un periodo de entre seis y 12 años. No se reconocerá remuneración fija por pertenencia a esta comisión más allá de una dieta de unos 750 euros por asistencia a los plenos.

El decreto contemplará, asimismo, la figura de los exconsejeros, que tendrán, igualmente, el tratamiento de excelentísimo. Además, podrán cobrar por un tiempo equivalente al de su desempeño en el cargo el 80% del sueldo reconocido durante su estancia en el Gobierno regional.