AYUDAS A LOS HOGARES
Aprobado el 'cheque canguro' de Madrid para 2025: ayudas directas para el cuidado de hijos y personas dependientes
Hasta 4.000 euros de subvención para contratar a empleadas del hogar para el cuidado de familiares
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha aprobado este miércoles una inversión de 3 millones de euros para ayudas directas en un 'cheque canguro' para la contratación de empleadas del hogar para el cuidado de hijos y personas dependientes, al que podrían acceder familias con hasta 90.000 euros de renta y se otorgarán por orden de petición, priorizando las rentas más bajas.
Estas ayudas fueron aprobadas en 2023 y establecían en sus bases que se podría optar a las mismas con una renta de hasta 90.000 euros, ya que se fijaba un límite de 30.000 euros por renta per cápita de la unidad familiar, y cuyos requisitos se mantendrán en esta convocatoria, según ha afirmado el portavoz del Ejecutivo autonómico en rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno.
La renta per cápita familiar se calcula al dividir el total de ingresos de una familia entre el número de sus miembros. Por tanto, a la subvención podrán optar parejas con un hijo que ganen hasta 90.000 euros y familias numerosas con tres hijos que ingresen hasta 150.000.
Ayudas directas de hasta 4.000 euros
Con esta iniciativa, la Comunidad de Madrid podrá conceder ayudas directas de hasta 4.000 euros por la contratación de estas personas que hayan estado empleadas en el periodo subvencionable; es decir, el año anterior a la presentación de la solicitud, para el cuidado de hijos menores de 12 años o de 18 con discapacidad, así como de otros allegados dependientes a cargo y que convivan en el mismo domicilio.
De este modo, cubrirá un importe equivalente a las cuotas de la Seguridad Social ingresadas por el empleador en un porcentaje fijado en función de la renta per cápita familiar, que podrá llegar al 100 % para inferiores a 20.000 euros o de 30.000 en caso de las monoparentales.
Mínimo de 58 días de contrato
El programa subvenciona contrataciones con una duración mínima de 58 días naturales, sea de forma continua o discontinua, y tanto contratos temporales como indefinidos, siempre que se trate de una sola persona empleada de hogar o varias contratadas sucesivamente.
La trabajadora deberá desarrollar su labor en el domicilio del empleador, situado en la Comunidad de Madrid, quien debe ejercer una actividad retribuida por cuenta propia o ajena con una jornada a tiempo completo durante el periodo subvencionable.
La tramitación de estas ayudas podrá hacerse desde el 1 de febrero hasta el 30 abril de 2025 en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.
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